Las economías desarrolladas han basado su modelo de crecimiento en principios de economía lineal, a través de un consumo centrado en el esquema de usar y tirar. Frente a este modelo, resulta imprescindible la implementación de herramientas innovadoras cuyos objetivos redunden en el estímulo de la economía, pero también en beneficio de la sociedad y, en concreto, de la sostenibilidad, y esto es, precisamente, lo que hace la Economía Circular.
Para la transformación del modelo actual son necesarios instrumentos que fomenten el consumo responsable, la energía limpia, una economía más circular y, por ende, una sociedad sostenible. De entre estos instrumentos destaca el Derecho y, en concreto, el Derecho Financiero y Tributario. La Economía Circular puede fomentarse a través de la incorporación de incentivos fiscales y políticas públicas a favor de las innovaciones sociales con origen en la economía social en los tres aspectos que la conforman: ambiental, económico y social. Asimismo, las potencialidades de la fiscalidad para el fomento de la transición hacia una Economía Circular pasan también por gravar aquellas conductas que sean contrarias a este modelo, en consonancia con el tradicional principio de quien contamina paga.
Esta es, precisamente, la cuestión sobre la que gira el presente trabajo: el análisis de los aspectos fiscales de la Economía Circular y los retos que el establecimiento de este modelo plantea en el ordenamiento tributario. La finalidad de este estudio no es, por tanto, formular soluciones definitivas, sino introducir en el debate jurídico cuestiones que, en nuestra opinión, deben ser objeto de reflexión y análisis. Concretamente, las oportunidades que el Derecho Financiero ofrece para la transformación del modelo lineal en un sistema circular.
Marx y el derecho moderno
1. Determinación, de la posición teórica de Marx
2. El problema de la ciencia del derecho
3. La ambigüedad del derecho moderno
4. Kant y la categoría jurídica
5. Las antinomias de Kelsen
6. Sociología e idealismo
7. Sociología e historia
8. Tipología jurídica y tipología social
9. La hipótesis de Marx
10. Conclusión
La crítica de Marx a la filosofía hegeliana del derecho público
1. Relevancia general de la Crítica de la filosofía hegeliana del derecho
2. El tema central de la crítica metodológica de Marx a Hegel
3. Estado y sociedad civil
4. El problema de la soberanía
5. Los estados y el pueblo
6. Conclusión
Kelsen y Marx
1. Marx visto por Kelsen
2. Las dificultades del «purismo»
3. Hecho y valor
4. El monismo de Marx
Igualdad y libertad
1. Estado y sociedd
2. El itinerario de Marx
3. Individuo y sociedad moderna
4. La libertad de los antiguos
5. El modelo de la Política de Aristóteles
6. La «democracia de la libertad»
7. Iusnaturalismo e historia
8. La persona-valor
9. La comunidad
10. Rousseau y Kant
11. Conclusión
María del Mar Soto Moya
es Licenciada en Derecho por la Universidad de Granada, Máster en Regulación Económica y Territorial por la Universidad de Málaga, Doctora en Ciencias Jurídicas y Sociales con Mención Europea por la Universidad de Málaga.
Profesora en el Área de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Málaga desde el año 2016. También ha sido profesora de la Universidad de Granada y la Universidad Internacional de La Rioja. Es Coordinadora Académica de la Fundación General de la Universidad de Málaga.
Su actividad investigadora ha estado centrada en tres líneas fundamentales: fiscalidad de la vivienda, especialmente de la vivienda turística; aspectos fiscales de la innovación social y la economía colaborativa, y aspectos fiscales de la economía circular. Ha participado en numerosos proyectos de investigación en el ámbito nacional, regional y local.
Autora de más de 30 ponencias y comunicaciones en congresos nacionales e internacionales, entre los que cabe destacar algunos emblemáticos como las Reuniones de Profesores de Derecho Financiero y Tributario.
Ha obtenido diversos premios, como el premio de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de Granada a la mejor tesis doctoral en Derecho Público del año 2017 y el premio nacional Melchor Almagro al mejor trabajo de investigación en ciencias jurídicas del año 2012.