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Nuevas tendencias en materia de derechos y libertades

ISBN: 9788413919294

El precio original era: 44,21€.El precio actual es: 44,21€. 42,00 IVA incluido

Hay existencias (puede reservarse)

Peso 450 g
Fecha de Edición 18/02/2022
Plazo de entrega

24 h

Número de Edición

1

Idioma

Español

Formato

Libro + e-Book

Páginas

300

Lugar de edición

NAVARRA

Encuadernación

Rústica

Colección

ESTUDIOS ARANZADI

Editorial

ARANZADI THOMSON REUTERS

EAN

978-84-1391-929-4

El Grupo de Investigación Reconocido “Derechos y Libertades en la Sociedad Actual” ha cumplido catorce años y, tras el parón que se produjo con la pandemia acaecida por el COVID-19, decidimos reimpulsar nuestra actividad investigadora con un Workshop que celebramos el pasado mes de septiembre de 2021. En la presente obra se recogen aportaciones de sus investigadores y de otros investigadores invitados pertenecientes a otras unidades de investigación con las que mantenemos relaciones de colaboración. Fruto de tal actividad, se presenta esta obra de marcado carácter interdisciplinar que pretende dar difusión al trabajo, sobre todo, de los investigadores más jóvenes. En este evento se puso de manifiesto, de nuevo, la dilatada experiencia del Grupo de Investigación, así como la prometedora savia nueva de los jóvenes investigadores que plantean nuevos enfoques y tendencias sobre asuntos de relevante actualidad en materia de derechos y libertades de una sociedad globalizada que ha atravesado la mayor crisis de su historia.

PRESENTACIÓN El Grupo de Investigación Reconocido de la Universidad de Salamanca “Derechos y Libertades en la Sociedad Actual”, que tengo el honor de dirigir, se constituyó al amparo de los Estatutos de esta institución ya ocho veces centenaria y promotora de la tradición humanística y científica multisecular con vocación universal. Los Estatutos en su Capítulo Tercero regulan la investigación como parte esencial de una institución cuyo fin no es otro que contribuir a la ampliación del conocimiento en todos los ámbitos del saber mediante el fomento y la coordinación de la investigación y la formación de investigadores. La investigación es el fundamento primero y último de la docencia, en tanto medio del desarrollo científico, técnico y cultural de la sociedad. Como objeto de promoción de la investigación de calidad, el Rector y el Consejo de Gobierno disponen de un Consejo de Investigación que reconoce a los grupos de investigación como unidades fundamentales de investigación organizadas en torno a una línea de investigación científica y coordinados por un investigador responsable.

El G.I.R. que dirijo contó con el reconocimiento del Consejo de Gobierno, tras una solicitud previa del informe preceptivo del mismo el 29 de junio de 2007 al Consejo de Investigación. Así, el G.I.R. “Derechos y Libertades en la Sociedad Actual” se inscribió en el Registro específico de la Secretaría General de la Universidad de Salamanca. Nuestro G.I.R. tiene un carácter interdisciplinar y se conforma de docentes de Sociología, Geografía, Lingüística y Derecho. Mayoritariamente, los investigadores que pertenecen al mismo cultivan estudios jurídicos desde diversos campos: constitucionalistas, iusnaturalistas, internacionalistas, penalistas, laboralistas, etc. Tras seis años de intenso trabajo, la Junta de Castilla y León reconoció al grupo como Grupo de Investigación Reconocido de Excelencia (G.I.E.) mediante resolución de 13 de septiembre de 2013.

El enfoque multidisciplinar del grupo y las materias que se analizan por parte de sus componentes justifican las líneas de investigación abordadas por el G.I.R. La sociedad actual, fruto de la globalización que culmina a principios del siglo XXI, requiere que la investigación científica, si pretende ser rigurosa, traspase el ámbito local y nacional de los problemas estudiados. Con distintos enfoques pretende examinar el grado de efectividad de los derechos y libertades en un mundo cambiante desde distintas ópticas que se corresponden con las especialidades científicas de los diferentes miembros del G.I.R.

Son parte de este G.I.R. en la actualidad, además de mi persona en cuanto Investigadora Responsable, la Dra. Marta León Alonso, profesora de Derecho Constitucional, como Investigadora de Contacto. Así como los miembros que a continuación se indican: la Profesora Titular de Derecho Internacional Privado, Dra. Pilar Maestre Casas, la Profesora Titular de Derecho Penal, Dra. Cristina Méndez Rodríguez y los profesores de Derecho Penal, Dr. Fernando Pérez Álvarez y Dra. Lina Mariola Díaz Cortés; además de la Dra. María Luisa Ibáñez Martínez, profesora de Sociología, la profesora de Trabajo Social, Dra. Encarnación Pérez Álvarez, la iuslaboralista, Dra. María José Nevado Fernández y, procedente del ámbito de la Filosofía del Derecho, la Dra. Lourdes Santos Pérez o, los constitucionalistas, Dr. Juan Daniel Elorza Saravia y Dra. Lilián Galván Bautista. Así como los jóvenes investigadores Lía Fernández Sangrador, que cultiva investigaciones en el ámbito de la Geografía, Pablo Ramos Hernández, que realiza investigaciones lingüísticas con un enfoque jurídico y, Laura Hernández Llinás, José Luis Mateos Crespo y Sergio Martín Guardado, dedicados al Derecho Constitucional.

Las “garantías constitucionales de los derechos” ocupan un lugar destacado entre las líneas de investigación abordadas por los distintos miembros del G.I.R. A nivel interno, por sus diversas publicaciones, los miembros del G.I.R. hemos tratado de estudiar temas como la naturaleza de los derechos fundamentales, la función que cumplen y las garantías de estos contempladas en la Norma Suprema. La Constitución Española recoge un amplio espectro de esas garantías, tanto normativas como institucionales y, por supuesto, las jurisdiccionales que tienen una mayor relevancia para lograr su vigencia efectiva. Para un jurista que cultive la investigación en torno a los derechos fundamentales es un punto de obligada referencia el art. 10.2 CE, donde se introduce a nivel interno el Derecho Internacional de los derechos humanos. Así, las normas relativas a derechos y libertades constitucionalmente reconocidos deben interpretarse y acomodarse a lo que disponen los Tratados Internacionales. Y, por supuesto, a la jurisprudencia de los Tribunales Internacionales, como el de Luxemburgo, Estrasburgo, la Corte de San José de Costa Rica o el Tribunal Internacional de La Haya. La prospección de esta jurisprudencia sobre la de nuestro Tribunal Constitucional permite entender el significado y el valor de los derechos en el caso patrio. Ello, sin perjuicio de la protección interna en el plano nacional, necesaria para garantizar los derechos y libertades.

Un grupo de investigación que pretenda hacer un análisis de gran calado sobre el significado y funciones de esos derechos, cuyo fundamento es la dignidad humana de la que somos titulares mujeres y hombres, debe contar también con un examen pormenorizado a nivel regional primero, aunque mundial después. Solo así, podrá obtener una idea precisa del estado de la cuestión del tema investigado. Existen, a día de hoy, organizaciones e instituciones para-estatales que son un valor en alza a la hora de visibilizar la efectividad y desarrollo de los derechos. Organizaciones Internacionales, que en el ámbito penal o laboral se hacen imprescindibles para entender la necesaria protección internacional de los derechos, como la OIT o el Tribunal Penal Internacional, entre otras.

La Sociología como disciplina académica y con el fin de acercarse a la realidad actual de un mundo globalizado e interdependiente nos ofrece elementos para la reflexión y comprensión del contexto internacional así como para proporcionar respuestas a cómo se plantean y reaccionan los distintos países ante unos mismos procesos, problemas y temas emergentes (género, medioambiente, migraciones, nuevas tecnologías…) que adquieren gran relevancia dentro del complejo panorama actual en el que la mundialización y la heterogeneidad económica, política y cultural son los principales protagonistas.

La Sociología internacional se ocupa, entre otros, de temas tales como las características de la sociedad/Comunidad Internacional contemporánea, análisis de fenómenos internacionales y entre ellos: violencia en el ámbito social, intrafamiliar y laboral, género e igualdad de oportunidades, medioambiente, sistema internacional de protección de derechos humanos, el reforzamiento o debilitamiento de ONG’s y de los organismos internacionales como actores de la política mundial, estado de bienestar, sistemas de salud, estratificación social, migraciones, valores sociales y culturales, el papel de las Comunidades Autónomas en la UE etc. Por todo lo antes expuesto el enfoque, desde esta perspectiva, es imprescindible para un análisis más completo de las investigaciones realizadas.

Recientemente, el carácter multidisciplinar del grupo se ha enriquecido a través de la incorporación de las técnicas propias de la Geografía, que conexa con la metodología y perspectiva propia de la Sociología nos ha permitido establecer y aproximarnos a un marco general espacial de la población. Así, puede averiguarse la composición demográfica en un determinado ámbito geográfico, conocer los problemas sociales más relevantes de la población o, tener presentes aspectos necesarios para que los operadores jurídicos aporten soluciones normativas dando respuesta a problemas sociales que se identifican mejor con el auxilio de esta rama del saber.

Durante sus años de existencia, al G.I.R. se le han concedido algunos proyectos de investigación, financiados por organismos y entidades públicas:

– Proyecto de Investigación Financiado Exp: INVESTIGACIÓN: /93/09/: Ministerio de Igualdad. Secretaria General de Políticas de Igualdad. Instituto de la Mujer. Título del Proyecto: “Perspectiva de género en la negociación colectiva: Análisis interdisciplinar”. Cuantía: 34.091 euros. Investigadora principal: Dra. Ángela Figueruelo Burrieza. Los resultados de este proyecto quedaron reflejados en la publicación del libro: Perspectiva de género en la negociación colectiva: análisis por sectores feminizados y masculinizados, (Dir. FIGUERUELO BURRIEZA, A.). Editorial Bomarzo (2013). ISBN: 978-85-15923-06-0.

– Proyecto de Investigación financiado por la Junta de Castilla y León (Consejería de Educación, Orden EDU/1160/2008, de 26 de junio). I+D para el periodo 2008-2010. Título del proyecto: “La igualdad de género en la negociación colectiva de Castilla y León: Análisis interdisciplinar”. Referencia: SA097A08. Dotación de 11.500 euros. Investigador principal: D. Wilfredo Sanguineti Raymond. Los resultados de este proyecto quedaron reflejados en la publicación del libro: Propuestas a favor de la igualdad. Un análisis a partir de la negociación colectiva de Castilla y León (Dir. SANGUINETI RAYMOND, W.), Editorial Bomarzo, Albacete (2011), ISBN:978-84-15000-38-9.

– Proyecto de Investigación financiado por la Junta de Castilla y León (Consejería de Educación, Orden EDU/546/2018, de 25 de mayo). I+D para el periodo 2018-2020. Título del proyecto: “PARNUTEC: Validación de una estrategia de innovación social de base tecnológica orientada a fomentar la participación de la sociedad civil en el proceso de toma de decisiones de la política”. Referencia: SA117G18. Dotación de 12.000 euros. Investigadora principal: Dña. Ángela Figueruelo Burrieza.

– Proyecto “DESINFORMACIÓN, ODIO Y POLARIZACIÓN: LA AFECTACIÓN DE DERECHOS Y LIBERTADES DE PERSONAS VULNERABLES”, con referencia PID2020-116603RB-I00. Concedido por el Ministerio de Ciencia e Innovación, en la Convocatoria 2020 – “Proyectos de I+D+i, Retos de la Investigación”, mediante Resolución (definitiva) de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación de 28 de septiembre de 2021. Investigadora Principal: Dña. Ángela Figueruelo Burrieza. Concedido por el período 2021-2024, con una cuantía de 24.200 euros.

Son ya catorce años los que el G.I.R. ha cumplido y, tras el parón que se produjo con la pandemia acaecida por la COVID-19, decidimos reimpulsar nuestra actividad investigadora con un Workshop que celebramos el pasado mes de septiembre de 2021. A él acudieron la mayoría de nuestros investigadores, además de otros investigadores invitados pertenecientes a otros grupos de investigación con los que mantenemos estrechas relaciones de colaboración. Fruto de tal actividad, surge la publicación de esta obra de marcado carácter interdisciplinar que pretende dar difusión al trabajo, sobre todo, de los investigadores más jóvenes. En este evento se puso de manifiesto, de nuevo, la dilatada experiencia del Grupo de Investigación, así como la prometedora savia nueva de los jóvenes investigadores en distintas mesas donde actuando como ponentes, expusieron ante el público de forma presencial y virtual, los temas que consideramos más relevantes en materia de derechos y libertades de una sociedad globalizada que ha atravesado la mayor crisis de su historia. Como es lógico, los investigadores han seguido una metodología específica que supone, en muchas ocasiones, aplicar con carácter interdisciplinar la perspectiva de género a estos temas fundamentales para la consecución de una sociedad democrática avanzada. Los resultados de ese seminario, fruto primero de la investigación de dicho grupo y después de la responsabilidad de la institución universitaria con la transferencia a la sociedad de los conocimientos adquiridos, se recogieron en el presente libro, que lleva por título “Nuevas tendencias en materia de derechos y libertades”.

La obra que dirijo como Investigadora Responsable del G.I.R. que les acabo de presentar cuenta con las aportaciones de Lina Mariola Díaz Cortés, José Luis Domínguez Álvarez, Juan Daniel Elorza Saravia, Lía Fernández Sangrador, Laura Hernández Llinás, María Luisa Ibáñez Martínez, Mercedes Iglesias Bárez, Sergio Martín Guardado, que actúa además como coordinador de la obra, José Luis Mateos Crespo, María José Nevado Fernández, Lourdes Santos Pérez y Nelcy Yoly Valencia Olivero.

El primero de los Capítulos, a cargo de Lina Mariola Díaz Cortés, se centra en un análisis desde el Derecho Penal. A partir del “dogma dúctil”, basado en que el sistema jurídico que lo contiene se abre a ese mundo contingente, pretende visualizar una perspectiva que ha buscado evitar que la venda normativa impida “vincularse con la realidad tal como es, o admitirla tal como ha sido” y además se abra respecto a todo el Derecho en conjunto. El Derecho Penal forma parte del sistema normativo general, por lo cual al momento de su comprensión, explicación y aplicación debe tenerse en cuenta una premisa: no ignorar otras ramas del Derecho.

En el Capítulo II, José Luis Domínguez Álvarez comienza planteando cómo los claroscuros del vertiginoso desarrollo tecnológico sitúan a la normativa de protección de datos de carácter personal como dique de contención frente a las nuevas modalidades de violencia de género digital, convirtiendo la tutela jurídica de la privacidad en una institución jurídica indispensable para la plena garantía de los derechos y libertades fundamentales de las mujeres. Bajo esta premisa, el autor va a realizar un análisis detallado de aquellas actuaciones innovadoras impulsadas por la Agencia Española de Protección de Datos con el firme propósito de afrontar las crecientes oleadas de violencia contra la mujer en la red, cuyos hitos más destacables los encontramos en el despliegue del Canal Prioritario y la implementación del Pacto Digital para la protección de las personas.

Juan Daniel Elorza Saravia colabora en la obra con el Capítulo III, donde hace un repaso del estado actual del debate doctrinario sobre las relaciones entre juridicidad y moralidad. Pero lo hace a la manera de una crónica bélica figurada en la que relata una nueva contienda por la definición de las relaciones entre dos reinos vecinos que han estado históricamente enzarzados en conflicto: el reino del Derecho y el reino de la moral. Esta vez la guerra se ha desatado porque el Reino del Derecho extendió sus fronteras hacia territorios morales, construyendo sobre ellos los cimientos y la parte más importante del más grandioso templo jurídico del que se tenga noticia: el Templo Constitucional. La fe monoteísta que allí se predica defiende la unidad de la razón práctica y el objetivismo moral, y, por tanto, defiende que los dos reinos han de unirse bajo un solo gran imperio gobernado por la racionalidad práctico-discursiva. Quienes apoyan esta popular idea se hacen llamar el bando de la vinculación, representado por la coalición de tropas del ICD (iusmoralismo constitucional-discursivo), enfrentadas en batallas académicas contra las diezmadas fuerzas del positivismo jurídico, los resistentes partidarios de la separación. Sumos sacerdotes y famosos generales alientan una dilatada lucha que ha llegado a un punto muerto, pues el positivismo, obligado a replegarse, ahora se encuentra atrincherado en el fortín del Concepto de Derecho.

En el Capítulo IV, Lía Fernández Sangrador, aborda desde la Geografía el lugar de las mujeres que han perdido a su marido en la sociedad india desde una doble vertiente: el pasado y el momento actual. Por una parte, se propone un recorrido desde de las miniaturas representativas del sati incluidas en los mapas históricos, procedentes de los relatos de viajeros, hasta los grabados presentes en grandes compendios geográficos. Por otra parte, se muestra un panorama general de la situación actual ilustrado con el ejemplo de las migraciones de las viudas hacia la ciudad de Vrindavan como consecuencia de la precaria situación que viven en algunos estados, especialmente en Bengala Occidental.

El capítulo V, a cargo de Laura Hernández Llinás, estudia la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre la discriminación por discapacidad, en concreto, la recepción en su jurisprudencia de la figura del ajuste razonable en los últimos años. El ajuste razonable es una herramienta de protección antidiscriminatoria que proviene de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), en virtud de la cual los estados deben implicarse de forma activa en la remoción de los obstáculos que impiden el disfrute de sus derechos en condiciones de igualdad por parte de las personas con discapacidad, siempre y cuando ello no les suponga una carga desproporcionada o excesiva. Se estudian varios casos anteriores a la CDPD en los que se sentaron las bases para la recepción de esta figura, sin aludir de forma expresa a ella, y varios casos posteriores en los que ésta se aplica expresamente y el Tribunal alude explícitamente a la CDPD como elemento a tomar en consideración a la hora de interpretar el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

En el Capítulo VI, realiza sus aportaciones María Luisa Ibáñez desde la Sociología. Tras la desaparición científica de las razas (en plural) y quedando en singular la “raza humana”, pervive el racismo. La autora presenta la racialización como construcción social pero también ideológica, que posibilita el instaurar relaciones jerárquicas de poder a partir de ciertas variables (nacionalidad, lengua, cultura, religión, etnicidad, clase social, género…) y que explica en ocasiones la existencia de un mercado de trabajo altamente racializado y sin embargo omitido en los debates políticos sobre mercado laboral. La autora también tratará el sexismo como otra de las causas de subdivisión y humillación de los “diferentes” e “inferiores”. Su objetivo es darnos a conocer, mediante la revisión de distintas investigaciones, las características que concurren en la racialización con la perspectiva interseccional y, en especial, la variable de género.

El Capítulo VII versa sobre la aportación a la obra de Mercedes Iglesias Bárez, que trata de apreciar una serie de distorsiones jurídico-políticas de la democracia actual provenientes de la ausencia de su entendimiento constitucionalmente adecuado de la democracia como democracia constitucional, para después apuntar que es precisamente este marco, el de la democracia constitucional, la vía para resolver los problemas constitucionales ordinarios como las situaciones de excepción. La función del Estado de Derecho y su ligazón con la democracia se plasma a partir del constitucionalismo multinivel de la mano del Consejo de Europa y la Comisión de Venecia y, por ello, también en el ámbito regional europeo se puede hablar de una democracia convencional y de un derecho convencional de excepción. La Comisión de Venecia, con motivo de la pandemia de la Covid-19, ha publicado unos estándares para adecuar la declaración de los estados de emergencia a su derecho convencional de excepción. Estos estándares servirán como parámetros de enjuiciamiento de las declaraciones de emergencia de los estados europeos y especialmente de la celebración o aplazamiento de una de las principales manifestaciones democráticas: las elecciones en tiempo de pandemia.

Por su parte, en el Capítulo VIII, Sergio Martín Guardado analizará la afectación que supone el aplazamiento electoral en un modelo de Estado como el español, cuya legitimidad política descansa en el sistema parlamentario. Si es cierto que la pandemia provocada por la COVID-19 ha obligado a ello en muchos países del globo, no es menos cierto que el Estado Democrático de Derecho debe garantizar la preservación de la Constitución, también a través de la aplicación de su régimen de excepcionalidad. Si los poderes públicos pretenden una respuesta eficaz preservando la vida y la salud pública habrán de hacerlo guardando estricto respeto a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico. A lo largo del Capítulo, la idea que se plasma es que el aplazamiento de elecciones juega la suerte de suspensión del derecho de sufragio y supone la apropiación de la soberanía por parte de la clase política, afectándose así al mismísimo pluralismo y a las esencias democráticas del Estado de Derecho. Además, se examinan de forma práctica estos postulados a raíz de las decisiones judiciales con motivo del conflicto que se produce respecto a la posibilidad de aplazar las elecciones al Parlamento de Cataluña del 14 de febrero de 2021.

En el Capítulo IX, a cargo de José Luis Mateos, trata sobre el derecho de participación política de los representantes reconocido en el artículo 23.2 de la Constitución española ofrece, por su carácter fundamental, garantías para proteger su ejercicio frente a decisiones que puedan suponer una suspensión y restricción de su contenido esencial. La crisis sanitaria vivida recientemente motivó la declaración del estado de alarma a través del que se tomaron decisiones como la adoptada por la Mesa del Congreso de los Diputados en relación con la suspensión de plazos de tramitación parlamentaria. Esta decisión fue objeto de recurso de amparo ante el TC por los miembros del Grupo Parlamentario VOX que, en su STC 168/2021, apreció vulneración del derecho fundamental de participación política de los diputados recurrentes por haber suspendido, a través de la decisión de la Mesa del Congreso, la función de control a la acción del Gobierno que integra el contenido esencial del ius in officium de los parlamentarios.

En el Capítulo X, la profesora María José Nevado se plantea cuatro cuestiones fundamentales para hacer realidad el propósito de la igualdad efectiva en el ámbito de las relaciones laborales, en términos de corresponsabilidad entre mujeres y hombres. Plantea la interrupción de la jornada de trabajo de manera temporal como derecho que asista al trabajador y que, por ello, no puede vincularse preferentemente a causas familiares, menos aun cuando se perpetúan roles que la sociedad mantiene. Por otra parte, expresa como algunas necesidades convierten a la trabajadora en sujeto titular de determinados deberes, con el sinsentido de su presentación como derechos, que poco dice de la igualdad en la ley que se sanciona. Introduce un planteamiento acerca de la suspensión de los contratos que tienen cierta potencialidad funcional, pero con un claro resultado discriminatorio: suspender los contratos de trabajo para atender a terceros por razones familiares no puede convertirse en el resultado de una reivindicación más histérica que histórica, que nos aleje de lo que se pretende en términos de igualdad material. Y, además realiza una crítica sobre la utilización, utilizar el contrato a tiempo parcial como recurso que permita compatibilizar intereses laborales con familiares, no hace sino consolidar una situación de disfavor para quien se viene viendo abocada a la utilización de este.

El Capítulo XI contiene la contribución a la obra de Lourdes Santos y está dirigida a argüir que el criterio de la edad, que se utilizó como factor limitante para el acceso a recursos sanitarios con ocasión de la pandemia por la COVID-19, puede tener una fundamentación ética específica que, sin embargo, contradice sus propios postulados. Con este fin, la autora se vale de algunas aportaciones del filósofo del derecho, Ronald Dworkin.

Finalmente, Nelcy Yoly Valencia Oliveros plantea como contribución a la obra en el Capítulo XII un análisis de datos previamente reunidos por ella, a través de una encuesta aplicada a mujeres colombianas que hicieron su búsqueda de trabajo en trabajos de cuidados en España. La información reunida conduce a la reflexión sobre la manera como las relaciones de género están presentes en la incursión que hacen las trabajadoras en los mercados laborales de otros países. Está acompañada por una reflexión acerca de los contextos de desigualdad que viven las mujeres, los cuales están instalados tanto en las sociedades de origen como en las sociedades de destino. Pese a las desigualdades encontradas, los motivos para permanecer, más que los motivos para migrar, las conduce a un mercado laboral que tradicionalmente se ha dinamizado por mujeres que buscan romper con tradiciones que acotan sus trayectorias laborales y de vida en origen.

Ángela Figueruelo Burrieza

Investigadora Responsable G.I.R. “Derechos y libertades en la Sociedad actual”
Catedrática de Derecho Constitucional
Universidad de Salamanca

ÁNGELA FIGUERUELO BURRIEZA
Directora

SERGIO MARTÍN GUARDADO
Coordinador

LIBROS DERECHOS Y LIBERTADES

 

PRESENTACIÓN

CAPÍTULO I
LA INTERPRETACIÓN DE LA NORMA PENAL COMO PARTE DEL DERECHO: ANÁLISIS BAJO UNA PERSPECTIVA DEL DOGMA DÚCTIL

LINA MARIOLA DÍAZ CORTÉS

I.   Consideraciones previas

II.  La interpretación del dogma dúctil: la relación de la parte y el todo

1. Los círculos hermenéuticos

2. La interpretación de norma penal como parte de la interpretación del derecho

CAPÍTULO II
LA NORMATIVA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES COMO DIQUE DE CONTENCIÓN FRENTE AL AVANCE DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO DIGITAL

JOSÉ LUIS DOMÍNGUEZ ÁLVAREZ

I.   Breve nota introductoria

II.  El nuevo derecho a la protección de datos personales y su relevancia frente a la creciente violencia digital contra la mujer

III.  La actuación decidida de la agencia española de protección de datos frente a la violencia contra la mujer en la red

1. Una nueva organización administrativa para afrontar los desafíos del avance digital

2. El marco de actuación de responsabilidad social de la agencia y la igualdad de género

3. El despliegue del pacto digital para la protección de las personas

4. La adopción de novedosas herramientas para combatir la creciente violencia digital contra la mujer. el canal prioritario, una manifestación de celeridad administrativa

5. El compromiso con la implementación de la educación para la digitalización

IV.  Conclusiones

CAPÍTULO III
LA GUERRA DE LOS REINOS: UNA CRÓNICA DE OCUPACIÓN, RESISTENCIA, SUBVERSIÓN Y LIBERACIÓN. (ACERCA DEL ETERNO DEBATE SOBRE LA RELACIÓN ENTRE LA MORAL Y EL DERECHO)

JUAN DANIEL ELORZA SARAVIA

I.   Acerca de los dos reinos y su nueva disputa

II.  Los combatientes rivales

III.  Los territorios en conflicto (la defensa del enclave de la moral crítica)

IV.  El templo constitucional y los sacerdotes de la nueva fe monoteísta de la razón práctica

V.  Las tácticas de combate (entre la procedimentalización y el “pretensionismo”)

VI.  Los límites entre los dos reinos (¿realización o traición del proyecto limítrofe kantiano?)

VII.  Batalla en el laberinto de los espejos (la lucha por el concepto de derecho)

VIII.  Sobre los términos actuales de la contienda

IX.  Reconstrucción de los hechos para una propuesta de reorientación de la guerra

CAPÍTULO IV
DE TENASSERIM A VRINDAVAN: UN VIAJE POR LA SITUACIÓN DE LAS MUJERES VIUDAS

LÍA FERNÁNDEZ SANGRADOR

I.   Introducción

II.  Las viudas en el pasado: el sati en la India

1. Reflejo en la cartografía histórica. el icono de Tenasserim

2. La “quema de viudas” a través de los compendios geográficos

III.  La situación de las mujeres viudas en la India actual

1. Panorama general

2. Las migraciones hacia Vrindavan

IV.  Conclusiones

CAPÍTULO V
AVANCES JURISPRUDENCIALES EN LA PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD: EL TRIBUNAL DE ESTRASBURGO Y LOS AJUSTES RAZONABLES

LAURA HERNÁNDEZ LLINÁS

I.   La protección de las personas con discapacidad en el Derecho internacional de los derechos humanos

II.  El modelo social de la discriminación y la figura del ajuste razonable

III.  La prohibición de discriminación en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos

IV.  El ajuste razonable en la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos

1. Los primeros acercamientos a la figura del ajuste razonable

2. La recepción del ajuste razonable tras la ratificación de la convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

V.  Reflexiones finales

CAPÍTULO VI
ANOTACIONES SOBRE LA RACIALIZACIÓN Y LA INTERSECCIONALIDAD CON PERSPECTIVA DE GÉNERO

MARÍA LUISA IBÁÑEZ MARTÍNEZ

I.   Introducción

II.  Mitos, estereotipos, mercado de trabajo racializado

III.  Violencia de género y racialización

CAPÍTULO VII
LOS ESTÁNDARES DEL CONSEJO DE EUROPA Y DE LA COMISIÓN DE VENECIA PARA DECLARAR EL ESTADO DE EMERGENCIA POR LA COVID-19. UN ESTUDIO ESPECIAL DE LA CELEBRACIÓN DE ELECCIONES EN EL CONSEJO DE EUROPA EN TIEMPOS DE PANDEMIA

MERCEDES IGLESIAS BÁREZ

I.   Introducción

II.  Democracia constitucional y derecho de excepción: el entendimiento constitucionalmente adecuado del estado de emergencia provocado por la Covid-19. Las tensiones de una democracia en cuarentena

III.  La democracia convencional de excepción en el Consejo de Europa y la Comisión de Venecia. Los estándares europeos para declarar el estado de emergencia de la Covid-19

IV.  Celebración de elecciones en tiempos de pandemia: el derecho electoral de excepción en el consejo de Europa y la comisión de Venecia

CAPÍTULO VIII
APLAZAMIENTO ELECTORAL VS. SUSPENSIÓN DEL DERECHO DE SUFRAGIO. A PROPÓSITO DE LAS ELECCIONES AL PARLAMENTO DE CATALUÑA DEL 14 DE FEBRERO DE 2021

SERGIO MARTÍN GUARDADO

I.   Planteamiento: la suspensión de elecciones como anomalía de la democracia parlamentaria

II.  Derecho constitucional de excepción y restricción/suspensión del derecho de sufragio: ¿imposibilidad formal o material?

III.  Estado de alarma y suspensión del derecho de sufragio en el ámbito autonómico, al hilo de los precedentes vasco y gallego

1. Competencia de las Autonomías en materia electoral

2. Quiebra de la reserva de ley

IV.  Decisiones judiciales sobre el aplazamiento electoral en Cataluña: mantenimiento de la cita electoral el 14 de febrero de 2021

1. ATSJ Cataluña, sala de lo contencioso-administrativo, de 22 de enero de 2021 (rec. núm. 121/2021)

2. STSJ Cataluña, sala de lo contencioso-administrativo, de 1 de febrero de 2021 (rec. núm. 121/2021)

V.  La premisa fundamental: ¿pueden los políticos suspender la democracia?

VI.  A modo de conclusión

CAPÍTULO IX
EL DERECHO DE PARTICIPACIÓN POLÍTICA DE LOS REPRESENTANTES Y SU RELACIÓN CON LA FUNCIÓN DE CONTROL PARLAMENTARIO: ESPECIAL MENCIÓN A LA STC 168/2021 SOBRE LA SUSPENSIÓN DE PLAZOS EN EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS DURANTE EL ESTADO DE ALARMA

JOSÉ LUIS MATEOS CRESPO

I.   Introducción

II.  El derecho fundamental de participación política de los representantes: la función de control a la acción del gobierno como parte del ius in officium

III.  La vulneración del derecho de participación política de los parlamentarios durante el estado de alarma: análisis de la sentencia del Tribunal Constitucional 168/2021

1. Objeto del recurso de amparo y alegaciones planteadas

2. El pronunciamiento del Tribunal Constitucional en relación con la vulneración del derecho de participación política

3. Los votos particulares a la STC 168/2021

IV.  Conclusiones

CAPÍTULO X
LA IGUALDAD DESDE LOS DERECHOS FAMILIARMENTE LABORALES (¿O LABORALMENTE FAMILIARES?): ESTRECHANDO DESIGUALDADES

MARÍA JOSÉ NEVADO FERNÁNDEZ

I.   Introducción

II.  El derecho al permiso por razones familiares

III.  El descanso obligatorio por razón de nacimiento de hijo

IV.  La apariencia de un derecho en las “deseables” o “inevitables” jornadas a tiempo completo. Del trabajo a tiempo parcial al total, o viceversa

CAPÍTULO XI
¿QUÉ VIDAS IMPORTAN? ALGUNAS REFLEXIONES A LA LUZ DE LA PANDEMIA POR LA COVID-19

M. LOURDES SANTOS PÉREZ

CAPÍTULO XII
LOS MOTIVOS PARA MIGRAR Y LOS MOTIVOS PARA PERMANECER, COMPONENTES PRESENTES EN LA MOVILIDAD SOCIAL Y LABORAL DE LAS MUJERES QUE MIGRAN

NELCY YOLY VALENCIA OLIVERO

I.   Introducción

II.  El trabajo de las mujeres inmigrantes refuerza el ámbito de lo privado

1. La movilidad ocupacional y social hacia la precariedad

2. El momento histórico analizado: la crisis de los cuidados, estado de bienestar y surgimiento de nichos laborales

III.  Las mujeres que migran a otros países para buscar trabajo en otros países

1. La regulación improvisada de la sociedad de destino

2. La sociedad de origen contribuye a la precariedad del trabajo de las mujeres cuando migran

IV.  Perfil general de las mujeres procedentes de Colombia que trabajaron en el mercado laboral español durante el período de referencia

1. Los motivos para permanecer son motivos de género que se visibilizan en destino

2. Inserción laboral y condiciones de trabajo

3. La valoración del proceso migratorio, un argumento para permanecer en el empleo doméstico y en los cuidados

V.  Reflexiones finales

ÁNGELA FIGUERUELO BURRIEZA
Directora

SERGIO MARTÍN GUARDADO
Coordinador