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Nuevas tecnologías y responsabilidad civil

ISBN: 9788429023800

El precio original era: 35,00€.El precio actual es: 35,00€. 33,25 IVA incluido

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Peso 600 g
Fecha de Edición 15/12/2020
Plazo de entrega

24 h

Número de Edición

1

Idioma

Español

Formato

Libro

Páginas

330

Lugar de edición

MADRID

Encuadernación

Rústica

Colección

DERECHO DE DAÑOS

Editorial

EDITORIAL REUS

El libro que el lector tiene en sus manos, bajo la rúbrica genérica de Nuevas tecnologías y responsabilidad civil, se corresponde con el estudio, desde una perspectiva múltiple del derecho de daños, de algunas de las cuestiones de mayor relevancia práctica en el ámbito del Derecho y las nuevas Tecnologías a cargo de muy prestigiosos especialistas.

Comienza el texto con el estudio El daño a los derechos fundamentales de la persona en la era digital, a cargo del catedrático de Derecho Civil de la Universidad de La Coruña, Domingo Bello Janeiro, para continuar con el estudio de la protección de datos, garantía de los derechos digitales y responsabilidad por daños a cargo de María de los Ángeles Zurilla Cariñana, catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Castilla-La Mancha, al que sigue, sobre esa misma materia, desde otra perspectiva, el texto que lleva el título La responsabilidad por daños de las personas físicas en relación al tratamiento de sus datos personales, por parte de Pablo Amat Llombart, Profesor Titular de Derecho Civil de la Universidad Politécnica de Valencia e, igualmente sobre protección de datos, versa el texto de la catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla, Inmaculada Vivas Tesón, bajo el título La protección de datos personales en el ámbito de los Registros de la Propiedad, Mercantil y Bienes Muebles.

Después de dicho análisis de la protección de datos en esa triple dimensión Fernanda Moretón Sanz, profesora titular de derecho civil de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (Uned), centra su texto en la “historia digital, disposiciones testamentarias y tutela de la privacidad” mientras que Alba Paños Pérez, profesora de Derecho Civil de la Universidad de Almería escribe sobre Daños a la intimidad e imagen del menor en el entorno digital, concluyendo el libro con el capítulo del profesor de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla, Pedro Botello Hermoso, que se centra específicamente en la responsabilidad civil extracontractual de los daños originados por robots a terceros.

Prólogo

El daño a los derechos fundamentales de la persona en la era digital

I. Introducción

II. La evolución del sistema de registro

III. Derechos de la personalidad

IV. Doctrina jurisprudencial sobre los derechos de la personalidad

V. La relación entre los datos personales y el derecho a la intimidad

VI. La distinción entre personas con relevancia pública y personas privadas

VII. Interés públicos y el derecho a la imagen

VIII. Consideraciones conclusivas

 

La protección de datos, garantía de los derechos digitales y responsabilidad por daños

I. Introducción: el reglamento europeo de protección de datos 2016/679

II. Precisiones conceptuales y ámbito de aplicación

III. Principios de protección de datos

IV. Derechos de los interesados

V. Disposiciones aplicables a tratamientos concretos 82

1. Tratamiento de datos de contacto, de empresarios individuales y de profesionales liberales

2. Sistemas de información crediticia

3. Tratamientos relacionados con la realización de determinadas operaciones mercantiles

4. Tratamientos con fines de videovigilancia

5. Sistemas de exclusión publicitaria

6. Sistemas de información de denuncias internas

7. Tratamiento de datos en el ámbito de la función estadística pública, y con fines de archivo en interés público por parte de las administraciones públicas

8. Tratamiento de datos relativos a infracciones y sanciones administrativas

VI. Garantía de derechos digitales

VII. Indemnización por daños y perjuicios derivados del tratamiento de datos personales

 

La protección de las personas físicas en relación al tratamiento de sus datos personales. Condiciones para el ejercicio de sus derechos en el marco de la normativa comunitaria y española

I. Antecedentes y objeto de la vigente legislación sobre protección de datos personales, libre circulación de datos y garantía de los derechos digitales

II. Ámbito subjetivo de aplicación de la ley órganica 3/2018 y del reglamento 2016/679. Sujetos y autoridades vinculadas por la legislación de protección de datos personales

1. Introducción

2. El individuo como sujeto de la protección legal: los datos personales de los menores y de las personas fallecidas

3. Responsable del tratamiento de datos, encargado del tratamiento y delegado de protección de datos

4. Autoridades de control independientes en materia de protección de datos

a) aproximación

b) la agencia española de protección de datos (aepd) 110

c) autoridades autonómicas de protección de datos

III. Ámbito material de aplicación de la normativa sobre protección de datos

IV. Ámbito territorial de aplicación

V. Derechos específicos de las personas físicas en materia de protección de datos: condiciones para su ejercicio y procedimiento común

1. Aproximación a los derechos de los interesados: su actual ampliación y condiciones generales para su ejercicio 120

a) Carácter personalísimo de los derechos y sujeto legitimado para su ejercicio.

b) Independencia y autonomía en el ejercicio de los derechos sobre protección de datos.

c) Sencillez y accesibilidad de los medios facilitados al interesado para el ejercicio de sus derechos.

d) Gratuidad del ejercicio de los derechos, como regla general.

e) Modulación del ejercicio de los derechos.

2. Procedimiento general para ejercitar los derechos. Reclamaciones del afectado

a) Comunicación al responsable del tratamiento de datos o del fichero.

b) Subsanación.

c) Contestación a la solicitud por parte del responsable del tratamiento.

d) Respuesta.

e) Plazo para responder a las solicitudes.

f) Silencio, ausencia de respuesta o respuesta insatisfactoria.

g) Reclamaciones ante la AEPD. Supuestos y plazos.

h) Reclamación judicial ante los tribunales competentes.

VI. El derecho de acceso

1. Concepto y alcance

2. Especialidades del ejercicio del derecho de acceso

a) Especialidades sobre la concreción y extensión de los datos objeto de la solicitud de acceso.

b) Especialidades en cuanto a la forma de obtener el acceso a los datos.

c) Especialidades en relación con el ejercicio reiterado en el tiempo o excesivo del derecho.

VII. El derecho de rectificación. Concepto y ejercicio

VIII. El derecho de supresión

1. Concepto y alcance: la conservación de datos suprimidos y el «derecho al olvido»

2. Ejercicio del derecho

IX. El derecho a la limitación del tratamiento

X. El derecho a la portabilidad de los datos

XI. El derecho de oposición

1. Concepto y supuestos en los que cabe la oposición al tratamiento de datos

2. Ejercicio de la oposición al tratamiento de datos

XII. El derecho a no ser objeto de una decisión basada únicamente en el tratamiento automatizado de datos

XIII. El derecho a indemnización. Determinación de la responsabilidad

1. Consagración del derecho a recibir una indemnización por daños y perjuicios

2. Determinación de la responsabilidad y reclamación de la indemnización

 

La protección de datos personales en el ámbito de los registros de la propiedad, mercantil y bienes muebles

I. El nuevo marco jurídico de protección de datos personales y su incidencia en los registros jurídicos públicos

II. El registro de la propiedad: los límites de la publicidad registral en relación con la legislación hipotecaria y la reguladora de la protección de datos

1. La necesaria y difícil conciliación entre publicidad formal y protección de datos

2. Los datos registrales son personales

3. El acceso a la información registral

a) El interés del solicitante de la información

b) Los fines institucionales del registro de la propiedad

c) Datos registrales no revelables a terceros

III. El registro mercantil es público

IV. El registro de bienes muebles y la cláusula contractual relativa a la protección de datos de carácter personal

V. A modo de conclusión

VI. Bibliografía

 

El contenido personal de las redes sociales y voluntades digitales: “historia digital”, disposiciones testamentarias y tutela de la privacidad 193

I. Perspectiva preliminar: los datos de las personas fallecidas y los intitulados derechos digitales

II. La “historia digital” de la persona y el clausulado de las disposiciones testamentarias en el caudal hereditario

III. Las nuevas codificaciones forales y la inclusión de doctrina y jurisprudencia sobre el testamento ológrafo u hológrafo: apuntes sobre los códigos aragonés y catalán

1. El código del derecho foral de Aragón: la capacidad para disponer mortis causa en testamento ológrafo mancomunado exige la concurrencia de la mayoría de edad en ambos testadores

2. El libro cuarto del código civil de Cataluña, relativo a las sucesiones y las disposiciones relativas al testamento hológrafo

3. STS, de 26 de noviembre de 2014 (sala de lo penal). La intervención de las comunicaciones telemáticas carece de regulación legal expresa en nuestro ordenamiento procesal penal: las copias de los mensajes recibidos y transmitidos equivalen a la correspondencia amparados por su derecho constitucional a la intimidad, pero una vez fallecida no son inmunes al acceso por parte de sus herederos legítimos

IV. Tres sistemas de renovación de la protección de datos: del reglamento europeo a la inconstitucional parcial de la ley de voluntades catalana

1. Reglamento europeo (UE) 2016/679 del parlamento europeo y del consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/ce (reglamento general de protección de datos)

2. Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales222

3. Texto de la ley 10/2017, de 27 de junio, de las voluntades digitales y de modificación de los libros segundo y cuarto del código civil de Cataluña

V. Alemania y el pronunciamiento del BHD de 12 de julio de 2018

1. Tribunal federal de justicia (BGH), de 12 de julio de 2018 y el derecho de los herederos a acceder a la cuenta de facebook: “digitales erbe”

2. Sentencia del tribunal de justicia (sala tercera), de 3 de octubre de 2019

3. Política de privacidad de Apple: inaccesibilidad a la clave de iphone sea el hijo fallecido del peticionario o el presunto causante de una masacre

4. Accesibilidad de fotos de personaje público vs. Intromisión ilegítima en el derecho al honor del demandante en redes digitales

VI. ¿Nuevas soluciones a viejos problemas? Las fórmulas testamentarias clásicas y la elasticidad del ordenamiento sucesorio

VII. Bibliografía

VIII. Webgrafía

XI. Índice de resoluciones citadas

 

Daños a la intimidad e imagen  del menor en el entorno digital

I. Cuestiones preliminares

II. Configuración jurídica de los derechos a la intimidad y la propia imagen de los menores de edad

1. La titularidad de estos derechos por el menor de edad

2. Límites a la publicación de contenidos sobre menores: marco normativo

3. Intromisión en los derechos a la intimidad y la propia imagen del menor

 a) el consentimiento como causa excluyente de la intromisión ilegítima

 b) criterios para determinar la ilegitimidad en la intromisión tras el artículo 4 de la lo 1/1996

III. El principio del interés superior del menor: evolución y estado actual en nuestro ordenamiento jurídico

IV. Daños por conflictos entre las libertades de expresión e información y el derecho a la intimidad y la propia imagen del menor

1. Criterios de ponderación

2. Protección de la intimidad e imagen del menor en casos de crisis familiar

V. Conclusiones

Bibliografía

 

La responsabilidad civil extracontractual de los daños originados por robots a terceros: ¿por qué no una ley española sobre el régimen jurídico de la tenencia y uso de robots?

I. Introducción

II. Clases de responsabilidad civil en nuestro ordenamiento jurídico

III. El enfoque de la responsabilidad objetiva o el de gestión de riesgos que propone la resolución del parlamento europeo de 16 de febrero de 2017 para los daños que ocasionen los robots a terceros

IV. ¿por qué no una ley española sobre el régimen jurídico de la tenencia y uso de robots hasta la aprobación de la normativa europea?

V. Conclusiones

Bibliografía

  • MARÍA ÁNGELES ZURILLA CARIÑANA

    (Profesora Titular de Derecho Civil de la Universidad de Castilla La Mancha)

  • ALBA PAÑOS PÉREZ

    (Profesora contratada Doctora Derecho civil Universidad de Almería)

    Alba

    Doctora en Derecho por la Universidad de Almería (2010). Profesora de Derecho Civil de la Universidad de Almería. Abogada del Iltre. Colegio de Abogados de Almería con el número 3.004 desde el año 2007.
    Experta …

  • INMACULADA VIVAS TESÓN

    (Catedrática de Derecho civil en la Universidad de Sevilla)

    Inmaculada

    Inmaculada Vivas Tesón (Dra. en Derecho, 1998), es Catedrática de Derecho civil en la Universidad de Sevilla. Ha producido varias monografías, entre ellas La voluntad del testador y el plazo del derecho a suceder, La …

  • PEDRO IGNACIO BOTELLO HERMOSA

    (Profesor en la Universidad Pablo de Olavide y del Centro San Isidoro, adscrito a la Universidad Pablo de Olavide)

    Pedro Ignacio

    Doctor Internacional en Derecho Civil, y tengo el Premio Extraordinario de Doctorado de la Universidad de Sevilla.

  • MARÍA FERNANDA MORETÓN SANZ

    (Profesora titular de Derecho civil, UNED)

    María Fernanda

    Mª FERNANDA MORETÓN SANZ, Licenciada en Derecho, así como en Ciencias Políticas y Sociología, también es Abogada del Santo Tribunal de la Rota de la Nunciatura Apostólica. Tiene una larga experiencia profesional previa a su …

  • PABLO AMAT LLOMBART

    (Abogado, doctor en Derecho y profesor titular de Derecho civil en la Universidad Politécnica de Valencia)

    Pablo

    Pablo Amat Llombart, es abogado, doctor en Derecho y profesor titular de Derecho civil en la Universidad Politécnica de Valencia. Dedicado a la docencia e investigación en Derecho civil desde hace más de veinte años, …

  • DOMINGO BELLO JANEIRO

    (Catedrático de Derecho civil de la Universidad de La Coruña)

    Domingo

    Domingo Bello Janeiro es catedrático de Derecho Civil de la Universidad de La Coruña y ha sido designado por el Banco Mundial árbitro del CIADI (Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones). Es …

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