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Manual Práctico del Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (Operaciones Interiores)

ISBN: 9788461335497

El precio original era: 37,00€.El precio actual es: 37,00€. 35,15 IVA incluido

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Fecha de edición 01/01/2009
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Manual Práctico del Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (Operaciones Interiores)

La Ley 8/91 aprueba el Arbitrio sobre la Producción y la Importación en las ciudades de Ceuta y Melilla teniendo en consideración las especiales circunstancias económicas y fiscales de ambas ciudades. Posteriormente, el artículo 68.dos de la Ley, 13/96, de 30 de diciembre, de Medidas Administrativas y de Orden Social realiza su adaptación definitiva, cambiando su denominación al actual Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (1PSI) en las Ciudades de Ceuta y Melilla, ampliando ostensiblemente su hecho imponible, derogando el IGTE y acercando su regulación al IVA, con marcadas diferencias.

El proyecto de este manual práctico del I.P.S.I. surge por la falta de obra específica del Impuesto; por plasmar en un texto la experiencia acumulada durante doce años como Jefe de la Oficina del I.P.S.I. (operaciones interiores); por el abundante material recopilado por los distintos cursos de formación que he impartido, y, sobre todo, por facilitar a los contribuyentes y asesores fiscales un manual donde puedan encontrar solución a sus preguntas más habituales relacionadas con el impuesto.

El manual contiene 140 casos prácticos; un anexo normativo con la Ley del Impuesto, las Ordenanzas fiscales y consultas de la Dirección General de Tributos específicas del I.P.S.I.; y, comentarios del autor en los distintos apartados en que se estructura la obra.

Este texto tiene su utilidad tanto para Ceuta como para Melilla, ya que la Ley 8/91 es de aplicación en ambas ciudades, y, por tanto, las posibilidades reglamentarias mediante Ordenanzas Fiscales que tienen es limitado por el principio de reserva de Ley del artículo 8o de la LGT, por tanto, la configuración del hecho imponible, la localización del mismo, la imposibilidad de deducciones (excepto en las actividades de producción) etc. son idénticas en los dos territorios, ahora bien, los tipos impositivos, el régimen de estimación objetiva y el capítulo VI dedicado a la liquidación del impuesto son específicos de Melilla.

Espero que este manual práctico del I.RS.I. consiga cubrir el vacío que existe actualmente por la falta de textos específicos del impuesto, y, aporte, con su lenguaje directo y sencillo, soluciones claras y concisas a las dudas planteadas.

JESÚS RUBIO RAMOS, Jefe de la Oficina del Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Improtación de la Ciudad Autónoma de Melilla