Manual de aplicación de la Ley 5/2019. Formulación del acta de transparencia y la Escritura en los contratos de Crédito Inmobiliario
El presente libro pretende ser un manual de primeros auxilios o prontuario para notarios, entidades financieras y otros profesionales que trabajan el día a día de la formalización de los contratos sujetos a la Ley 5/2019 de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario. No encontrará el lector un trabajo propiamente doctrinal, ni un libro para su lectura pausada, tampoco un manual al uso, su objetivo es eminentemente práctico, ofrecer soluciones prontas y seguras a las dudas concretas que se planteen al operar en la aplicación de la Ley 5/2019. Las respuestas proceden principalmente de resoluciones e instrucciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado, hoy Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, y de las respuestas a consultas planteadas por notarios al Colegio Notarial de Canarias y al Consejo General del Notariado.
Este prontuario gira alrededor de uno de los aspectos más novedosos de la Ley, como es la regulación de la actuación notarial, especialmente en la fase precontractual. «con el objetivo de garantizar que el prestatario tenga a su disposición la información necesaria para que pueda comprender en su integridad la carga económica y jurídica del préstamo que va a contratar y que, por lo tanto, se pueda considerar cumplido el principio de transparencia en su vertiente material» (Preámbulo).
Esta regulación tiene su antecedente en dos experiencias conectadas. Una, la llevada cabo en el Colegio Notarial de las Islas Canarias en base a tres circulares de obligado cumplimiento, cuya aplicación tuvo resultados muy positivos en la práctica. En estas circulares se adoptaban medidas como la de remitir un correo electrónico al prestatario animándole a acudir a la notaría en los días previos al otorgamiento a fin de examinar el borrador del contrato y recibir información y asesoramiento previo individualizado en la fase precontractual. Esto se completaba el día del otorgamiento, con la formulación de un test o guion cuestionario detallado que debía completar el notario en base a las preguntas y el diálogo con el prestamista, a fin de evaluar su grado de información y el cumplimiento de los deberes de transparencia del empresario. La segunda experiencia fue el Programa Transparencia, programa piloto, con origen en la Comisión de Consumidores del Consejo General del Notariado, en el que se dio entrada a las herramientas tecnológicas, con grandes concomitancias con lo luego prevenido en la Ley 5/2019.
Transcurrido el primer año de vigencia de la Ley 5/2019, su valoración en la práctica es muy positiva, como lo demuestra la experiencia diaria, con un alto grado de satisfacción de los prestatarios, que es comentario unánime de estos en todas las notarías. Por ello se puede afirmar que se está cumpliendo el propósito manifestado en el preámbulo de la Ley, “ de recuperar la confianza de los prestatarios” y “potenciar la seguridad jurídica, la transparencia y comprensión de los contratos y de las cláusulas que los componen”.