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Los derechos individuales de formación en el artículo 23 del estatuto de los trabajadores

ISBN: 9788413137216

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Fecha de Edición 03/07/2019
Plazo de entrega

24 h

Número de Edición

1

Idioma

Español

Formato

Libro + e-Book

Páginas

428

Lugar de edición

VALENCIA

Encuadernación

Rústica

Colección

ENFOQUE LABORAL

Editorial

TIRANT LO BLANCH, EDITORIAL

Derechos individuales de formación

Siendo la formación profesional continua un aspecto cada vez más asumido y valorado por empresarios y trabajadores, el objetivo de la presente monografía consiste en analizar si el contenido y alcance de los derechos recogidos en el artículo 23 del Estatuto de los Trabajadores es suficiente y adecuado al fin que se propone, cual es la facilitación de conciliar las obligaciones laborales con el seguimiento de acciones formativas, mientras se mantiene vigente el contrato de trabajo.

Estructurada en cuatro capítulos, en ella se estudia de forma exhaustiva este complejo artículo estatutario, que tantas veces ha pasado desapercibido, proponiendo diversas modificaciones de índole sistemática, de redacción y de contenido al efecto de mejorar su comprensión, efectividad y eficacia.

En ese sentido, la obra concluye con una propuesta de lege ferenda consistente en la sustitución del derecho a veinte horas anuales de formación, que se incorporó al artículo 23 del Estatuto de los Trabajadores con ocasión de la reforma laboral de 2012, por la creación de un cheque-formación para trabajadores dependientes inspirado en la cuenta personal de formación francesa.

 

OTROS TÍTULOS DE LA COLECCIÓN ENFOQUE LABORAL

Prólogo        15
Resumen        19
Abstract        21
Abreviaturas        23
INTRODUCCIÓN
Introducción al marco conceptual        30
La tutela constitucional del derecho a la formación profesional permanente del trabajador subordinado        40
El derecho fundamental a la educación y la formación permanente        41
La formación profesional según el artículo 40.2 CE        44
El artículo 35.1 CE y la profesionalidad del trabajador        46
Capítulo 1
CUESTIONES COMUNES
1.1.    La configuración jurídica y la finalidad del artículo 23 ET        58
1.1.1.    La formación profesional como vía de promoción “mediante” el trabajo        58
1.1.2.    Finalidad y estructura del artículo 23 ET        62
1.1.3.    Modo de afrontar el análisis jurídico del articulo 23 ET: el ámbito objetivo como criterio        68
1.2.    La articulación entre el artículo 23 ET y la norma convenida        72
1.2.1.    El artículo 23 ET como norma de derecho necesario mínimo        72
1.2.2.    La aplicación inmediata de los derechos contenidos en el artículo 23 ET        77
1.2.3.    Vías alternativas de desarrollo, interpretación y aplicación del artículo 23 ET        84
1.3.    Ejercicio del derecho: preaviso, justificación y grado de aprovechamiento mínimo del derecho        87
1.3.1.    Preaviso y justificación        88
1.3.2.    El grado de aprovechamiento del derecho        94
1.4.    El régimen disciplinario        97
1.5.    El resarcimiento del perjuicio formativo derivado de la negativa o las trabas impuestas al ejercicio de cada derecho        100
Capítulo 2
MODELO NEUTRO (I): LOS DERECHOS EDUCACIONALES DEL TRABAJADOR
2.1.    Cuestiones previas        109
2.1.1.    Cursar estudios con regularidad        109
2.1.2.    Títulos académicos y títulos profesionales        115
2.2.    El derecho a permiso para concurrir a exámenes        116
2.2.1.    Ámbito objetivo y presupuesto de hecho: tipo de examen que origina el derecho al permiso y significado de “concurrir”        117
a)    Las materias objeto de examen        118
b)    Los exámenes        121
c)    El significado de concurrir        124
2.2.2.    La inexigibilidad de la “oficialidad” del título como requisito        125
2.2.3.    El alcance del derecho: los permisos “necesarios”        127
a)    El número de permisos        128
b)    Duración de los permisos        132
c)    La coincidencia horaria del examen y de la jornada de trabajo: repaso de la doctrina judicial        135
d)    Criterios y propuestas de mejora para su regulación por la negociación colectiva        138
e)    Las causas justificativas de denegación del permiso        141
2.2.4.    El carácter retribuido (o no) del permiso        144
2.2.5.    Los efectos jurídicos del ejercicio del derecho        155
2.3.    El derecho de preferencia para elegir turno de trabajo        160
2.3.1.    “El régimen instaurado en la empresa”        161
a)    Definición de turno de trabajo: sucesión, equipo y distinción respecto de otros tipos de horarios        161
b)    Turnos rotatorios y fijos        163
2.3.2.    Cursar regularmente estudios para la obtención de un título académico o profesional        165
a)    Planteamiento general        165
b)    El encaje de la preparación de oposiciones como presupuesto de hecho        168
2.3.3.    Ámbito objetivo y ejercicio del derecho a la elección de turno de trabajo con carácter preferente        172
2.3.4.    El alcance del derecho a la “preferencia” en la elección de turno de trabajo        173
a)    La preferencia frente a compañeros        174
b)    La preferencia frente al poder directivo del empresario        178
c)    Facultades del empresario para modificar o denegar el derecho tras ser concedido        181
d)    Eficacia temporal del derecho        183
2.3.5.    Los efectos jurídicos del ejercicio del derecho sobre las condiciones laborales durante su disfrute y tras su suspensión o extinción        185
Capítulo 3
MODELO NEUTRO (II): LOS DERECHOS FORMATIVOS DE BASE PROFESIONAL DEL TRABAJADOR
3.1.    Cuestiones previas        191
3.1.1.    La formación profesional como presupuesto de hecho común        192
3.1.2.    El ejercicio alternativo de ambos derechos        201
3.2.    El derecho a la adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para la asistencia a cursos de formación profesional        203
3.2.1.    El ejercicio de los mecanismos de adaptación del tiempo de trabajo        204
3.2.2.    El alcance del derecho: Opciones de adaptación de la jornada ordinaria de trabajo        205
3.2.3.    Los efectos jurídicos del ejercicio del derecho        216
3.3.    El derecho a la concesión de los permisos oportunos de formación o perfeccionamiento profesional con reserva de puesto de trabajo        218
3.3.1.    Ejercicio del derecho        218
a)    No son presupuestos de hecho: ni la plena dedicación, ni el solapamiento de horarios        219
b)    La voluntad de formarse del trabajador como presupuesto de hecho reforzado        222
3.3.2.    El alcance del derecho: los permisos “oportunos”        225
3.3.3.    La conjugación del derecho a permiso de formación y perfeccionamiento profesional con otros permisos reconocidos en el artículo 23 ET        228
3.3.4.    Los efectos jurídicos del permiso de formación o perfeccionamiento profesional        230
a)    La reserva del puesto de trabajo        230
b)    El carácter no retribuido del permiso de formación o perfeccionamiento profesional y la suspensión del contrato        232
3.4.    Los Permisos Individuales de Formación (PIF)        235
3.4.1.    El presupuesto de hecho: La financiación pública de la formación continua como particularidad del PIF        236
a)    La modalidad de impartición presencial y coincidencia horaria con la jornada como presupuesto de hecho del permiso        237
3.4.2.    Ámbito subjetivo y objetivo del PIF        240
a)    Delimitación del trabajador y de la empresa        240
b)    Finalidad de las acciones formativas        243
c)    Relación con el permiso para concurrir a exámenes        247
3.4.3.    Ejercicio del derecho        249
a)    Aspectos formales y materiales de la solicitud del PIF        250
b)    La resolución de la solicitud de permiso        252
c)    Procedimiento tras concesión del permiso por parte de la empresa        255
3.4.4.    Cuantificación del permiso retribuido y aplicación de la financiación        256
a)    Límite de horas por permiso y curso        257
b)    La asignación y aplicación de la financiación        260
Capítulo 4
MODELO POSITIVO: LOS DERECHOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL ESPECÍFICA
4.1.    El permiso retribuido de formación profesional para el empleo vinculada a la actividad de la empresa        270
4.1.1.    Presupuesto de hecho y ámbito subjetivo del permiso retribuido: la antigüedad del trabajador en la empresa como requisito contrario a un crecimiento integrador        272
a)    La empresa        272
b)    ¿La ausencia del trabajador de su puesto de trabajo como elemento necesario?        273
c)    El trabajador        274
4.1.2.    Ámbito objetivo, ejercicio y alcance del derecho: su verdadera finalidad        280
a)    Los contenidos de la acción formativa        280
b)    La insuficiente dotación horaria para cumplir los objetivos formativos mínimos        281
c)    El ejercicio del derecho        283
d)    El rol de la negociación colectiva y de la autonomía individual        286
e)    La auténtica finalidad del derecho        287
4.1.3.    Otros aspectos relativos al ejercicio del permiso y sus efectos jurídicos        293
a)    La eficacia inmediata del art. 23.3 ET y las vías de solución de eventuales conflictos        294
b)    La retribución del permiso        296
4.2.    El cheque-formación como derecho del trabajador subordinado: Una propuesta de individualización del derecho diferente a la Cuenta Personal de Formación francesa        297
4.2.1.    La Cuenta Personal de Formación francesa        300
a)    Ámbito subjetivo        300
b)    La financiación de la Cuenta Personal de Formación        301
c)    Ámbito objetivo        305
4.2.2.    Argumentos y bases para una propuesta de corresponsabilidad en materia de formación        307
4.2.3.    El cheque-formación a favor del trabajador dependiente        314
a)    Consideraciones generales        317
b)    Cuantificación y financiación del cheque-formación        319
c)    El programa de sustitución de trabajadores en formación por trabajadores desempleados como mecanismo facilitador del uso del cheque-formación        322
d)    Ámbito objetivo        326
e)    Requisitos formales y otras garantías        327
4.3.    El derecho a la formación necesaria para su adaptación a las modificaciones operadas en el puesto de trabajo        330
4.3.1.    La conexión sistemática entre los artículos 4.2.b), 23.1.d) y 52.b) ET y los efectos generales de sus modificaciones legislativas        330
4.3.2.    El presupuesto de hecho: la modificación del puesto de trabajo que requiere adaptación        336
a)    Una cuestión previa: ¿la modificación de funciones como presupuesto de hecho del derecho?        337
b)    El objeto de la modificación: el puesto de trabajo… ¿o el empleo?        343
c)    Los tipos de modificaciones y su limitación a las que sean “técnicas” y “razonables” a efectos extintivos del contrato de trabajo        346
4.3.3.    El ejercicio del derecho        353
a)    Preaviso y justificación        353
b)    Permiso de trabajo y novación contractual        355
4.3.4.    El alcance del derecho: de la “formación necesaria” al “curso de formación”        357
4.3.5.    Efectos jurídicos del ejercicio del derecho        361
a)    El periodo formativo como tiempo de trabajo efectivo: la novación del contrato        361
b)    La naturaleza retribuida de la actividad formativa        366
c)    La financiación de la formación para la adaptación a las modificaciones operadas en el puesto de trabajo        367
4.3.6.    Precisiones en torno a la causa extintiva contenida en el artículo 52.b) ET        368
a)    Contextualización y definición de la “falta de adaptación”        369
b)    La obligación empresarial de ofrecer un curso de formación y consecuencias de su incumplimiento        372
c)    ¿Obligación empresarial de conceder un periodo mínimo de adaptación post-formación?        376
4.3.7.    Distinción entre la extinción por falta de adaptación y otras figuras afines        383
a)    La ineptitud por carencia de requisito formativo o profesional        384
b)    Las causas técnicas, organizativas, económicas o de producción        387
c)    El despido disciplinario que tenga su causa en la actitud del trabajador respecto de sus obligaciones formativas o de adaptación        389
CONCLUSIONES Y PROPUESTAS DE MEJORA
De los mecanismos de conciliación formativo-laborales del artículo 23 ET        391
Propuestas para mejorar la coherencia normativa        392
En torno a la naturaleza y alcance general de los derechos        394
Entre el modelo neutro y el modelo positivo de regulación de la formación continua        397
Los permisos formativos: El permiso de formación profesional ex art. 23.1.c) ET como expresión básica del derecho        401
Dos contextos diferentes de adaptación a las modificaciones operadas en el “puesto de trabajo”        402
La ineficacia del nuevo “permiso” formativo        404
Una propuesta de lege ferenda: el cheque-formación para trabajadores asalariados        407
Bibliografía        411

ÓSCAR REQUENA MONTES.  Contratado como Personal Investigador en Formación en el Departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universitat de València. Máster en Derecho de la Empresa. Máster en Profesor de Educación Secundaria. Graduado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos. Especialista en formación y contratación de los trabajadores.