Existe la creencia de que no hay nada que liquidar en un matrimonio
que se ha regido por el régimen de Separación de Bienes. Sin embargo,
la realidad es muy distinta.
Finalizar una relación de pareja desde el punto de vista económico y
patrimonial, significa que cada cónyuge se queda con los bienes que le
pertenecen y que nada tienen que reclamarse entre sí. Y en la actualidad
son muy pocos los matrimonios que acaban en esta situación, ya
que durante la convivencia se han producido interferencias económicas
que deben deshacerse para que cada uno se quede con lo suyo.
Dando al término “liquidación” un concepto amplio, en este Libro
Azul se analiza toda la problemática que puede presentarse cuando los
cónyuges casados en Separación de Bienes se divorcian.
La compensación por el trabajo para la casa, la familia o para el otro
cónyuge, es una de las peticiones típicas que surgen como consecuencia
de la extinción del régimen de Separación de Bienes, pues a través
de ella se pretende corregir el desequilibrio que ha supuesto que uno
de los cónyuges desarrolle su profesión, mientras que el otro se ha
dedicado a trabajar en la casa.
Dividir los bienes que los cónyuges poseen en copropiedad es el
segundo problema al que tienen que enfrentarse para dar por terminada
la relación de forma definitiva. El propio proceso de liquidación del
régimen de Separación de Bienes y la acción de división de cosa común,
plantean numerosos interrogantes, tanto desde un punto de vista procesal
como sustantivo.
Constante la convivencia se contrajeron deudas, bien frente a terceros
o entre los propios cónyuges, deudas que pueden continuar generándose
después de la Sentencia de divorcio ¿Qué pasa con estas
deudas? ¿Quién debe abonarlas? ¿Qué motivos de oposición pueden
alegarse? A veces, también será necesario ejercitar acciones para recuperar
la posesión de los bienes, acciones declarativas de dominio y acciones
de nulidad en relación a los negocios jurídicos celebrados entre los
cónyuges..
Todas las dudas tienen respuesta en esta obra, teniendo en cuenta la
legislación nacional y autonómica.