El contexto presentado obliga a pensar desde estas líneas introductorias si efectivamente nos hallamos en la coyuntura histórico-política adecuada para plantear la necesidad del avance de la dimensión social europea y el papel que en ello podrían jugar las libertades de circulación y establecimiento.
Respecto a la idoneidad temporal para promover los grandes cambios políticos debe tenerse presente que ha sido causa subyacente a las más trascendentales decisiones asumidas desde los propios comienzos de la Comunidad europea y así lo reconocía Monnet en sus Memoirs -y nosotros hemos querido evidenciarlo también en nuestra selección de citas iniciales-. Por tanto, a la cuestión sobre la adecuación de la propuesta de cambio, nuestra respuesta, sin titubeos, debe ser afirmativa. En las perpetuas discusiones académicas -y políticas- que desde hace aproximadamente cuatro décadas se producen respecto del proceso deslegitimador en que se haya Europa, y frente a posturas tremendamente pesimistas que vislumbran el principio del fin de la UE, existen otras de signo positivo que albergan la esperanza de construir, de una vez por todas, democrática y socialmente a Europa. Con estas últimas se alinea nuestro trabajo en la medida en que pretende ofrecer propuestas jurídicas que contribuyan al objetivo general del avance de la dimensión social, señalando, como motor para su mejora, a las libertades de circulación y establecimiento ejercidas por trabajadores.
La justificación de nuestra opción por estas libertades -enfrentándonos así a la segunda parte de la cuestión antes planteada- está relacionada con el propio devenir, surgimiento incluso, de la dimensión social en Europa, dado que es unitariamente aceptado por la doctrina que el juego dinámico de esas libertades ha facilitado la configuración del espacio social. El reconocimiento del ejercicio de estas libertades desde los primeros textos de Derecho originario comunitario ha tenido como finalidad primera contribuir a la unión de los pueblos europeos, si bien en sus iniciales formulaciones estas libertades han estado supeditadas a dinamizar la convergencia económica. Esta limitación que indicamos no ha sido óbice, sin embargo, para que el ejercicio de las libertades haya terminado configurándose como trampolín para el reconocimiento de derechos individuales que, bajo la forma de la libertad de circulación de personas, han quedado desvinculados absolutamente de la finalidad productiva, y estrechamente próximos a la esfera social y de ciudadanía.
Por tanto, si en la base de la dimensión social europea ya se hallan las libertades de circulación y establecimiento, nuestra propuesta es profundizar en el conocimiento de su diseño para contribuir a rescatar elementos que puedan fortalecer a la tal dimensión. El abundamiento en estas libertades exige, desde estas primeras líneas, que acotemos dos aspectos de nuestro objeto de estudio para evitar inducir a errores a quienes se acerquen a esta obra.