El problema de las relaciones de vecindad es de los que no pueden resolverse, ni con la simple exégesis de los artículos del Código, ni con las reglas de la analogía. Y es también un problema en que se manifiestan los fenómenos que hemos enunciado antes. Las teorías fundamentales no se disputan al campo, sino que se suceden en el tiempo, y. lo que es más importante, cada una de ellas responde a las necesidades y al espíritu de una época. Estas teorías pueden reducirse a las dos siguientes: la teoría de la prohibición de los actos de emulación y la teoría del uso normal de la cosa propia. Las teorías secundarias respecto de estas dos y que han encontrado acceso, a veces cumulativamente, a los sistemas legislativos, no son más que modificaciones y filiaciones de una o de otra, y por ahora prescindimos de ellas. Ahora bien, las dos teorías predominantes corresponden de hecho a dos fases diversas de la historia económica y social, así de la Antigüedad como de la Edad Moderna; y por cierto, en el siglo XIX el problema de las relaciones de vecindad, abandonando la vía marcada por Justiniano, ha venido a plantearse de nuevo en los mismos términos en que lo planteaban los jurisconsultos romanos.
Las relaciones de vecindad
ISBN: 9789563925753
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Fecha de edición | 15/10/2019 |
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Número de Edición |
1ª |
Idioma | |
Formato | |
Páginas |
108 |
Lugar de edición |
Chile |
Colección |
BIBLIOTECA DE DERECHO PRIVADO OLEJNICK |
Encuadernación |
Prólogo del traductor
Capítulo I. El criterio fundamental de las relaciones de vecindad
Capítulo II. Las relaciones de vecindad y la jurisprudencia
Apéndice Primero. Las relaciones de vecindad en el derecho y la jurisprudencia españoles
Texto traducido de los principales artículos del código civil italiano de 1865 que se citan en la presente obra
Nicola Palmer, Lecturer in Criminal Law, Dickson Poon School of Law, King’s College London
Nicola Palmer is a lecturer in criminal law at the Dickson Poon School of Law, King’s College London, and a research associate at the Centre for Criminology, University of Oxford. In addition, she serves as an advisory board member of Oxford Transitional Justice Research. Dr. Palmer received her D.Phil in law from the University of Oxford in 2011, where she studied as a Rhodes scholar. Prior to starting her doctoral studies, she worked as a legal assistant at the United Nations International Criminal Tribunal for Rwanda (ICTR), having completed her undergraduate and honours degrees in law and economics at Rhodes University, South Africa. Her broad research interests are in international criminal law, transitional justice, central African studies, and legal anthropology.