Un aspecto fundamental y básico del ordenamiento italiano es el de permitir que todo sujeto jurídico pueda exteriorizar su actividad de relación de modo conforme a sus intereses.
Esta posibilidad está garantizada, en cuanto aquellos intereses se consideren dignos de tutela, con un medio particularmente técnico: o sea, mediante el reconocimiento de los efectos jurídicos de los actos, y especialmente, de los negocios jurídicos, que son precisamente expresión de la actividad de relación.
La forma más frecuente en la que la exteriorización tiene lugar es la de la manifestación de la voluntad propia del sujeto, por lo que se dice que constituye la realización de la autonomía privada: toda persona puede con su propia voluntad dar leyes a sus propios intereses.
Primera Parte. NATURALEZA JURÍDICA DE LA REPRESENTACIÓN VOLUNTARIA
Capítulo I. El poder de la representación legal
Capítulo II. El poder derivado de la autorización
Capítulo III. El poder de representación voluntaria
Segunda Parte. EL CONTENIDO DEL PODER DE REPRESENTACIÓN VOLUNTARIA
Capítulo IV. El concepto de representación voluntaria
Tercera Parte. LA FUENTE DEL PODER DE REPRESENTACIÓN VOLUNTARIA
Capítulo V. Voluntad del negocio de apoderamiento y voluntad del negocio de gestión representativa
Capítulo VI. El negocio de apoderamiento
Capítulo VII. La forma del apoderamiento
Capítulo VIII. El apoderamiento por hechos concluyentes
Capítulo IX. El poder de gestión de la hacienda doméstica con relación a la esposa
Capítulo X. Las modificaciones del poder y las instrucciones
Capítulo XI. Los vicios de la voluntad relativos al apoderamiento y a los estados subjetivos relevantes
Cuarta Parte. EJERCICIO DEL PODER DE REPRESENTACIÓN VOLUNTARIA
Capítulo XII. Los presupuestos subjetivos del negocio de representación. (La capacidad y la legitimación)
Capítulo XIII. El uso del nombre del representado («contemplatio Domini»)
Capítulo XIV. Los vicios de la voluntad relativos al negocio de representación
Capítulo XV. El conflicto de intereses entre el representante y el representado
Capítulo XVI. El contrato consigo mismo
Quinta Parte. MODIFICACIONES SUBJETIVAS DE EXTINCIÓN DEL PODER DE REPRESENTACIÓN VOLUNTARIA
Capítulo XVII. La sustitución del representante
Capítulo XVIII. La muerte y la incapacidad sobrevenida del representado o del representante
Capítulo XIX. La revocación del poder
Capítulo XX. La quiebra del representado y del representante
Se graduó en Derecho en la Universidad de Ñapóles Federico Segundo en 1935 con una tesis en Historia del Derecho Italiano, premiada como la mejor tesis del año.
En 1943 consiguió la habilitación a la libre docencia en Derecho Civil.
Impartió la docencia universitaria en su universidad de origen y posteriormente en la Universidad de Barí.
Fue profesor de la cátedra de derecho agrario en la Facultad de Derecho de la Universidad de Bari, que enseñó por varios años, así como del curso Instituciones de Derecho Privado.
Por más de cuarenta años desarrollo una intensa c ininterrumpida actividad científica en el campo del derecho civil, comercial y agrario.
Autor de diversas obras, entre las que destacan: // rapporto di a-edito agrario, Edizioni Jovcne, 1960; / contratti agrari, Edizioni Scientifiche Italiane, 1983; Le trasfomiazioni agrarie radical i ed imme-diate, Edizioni Cacucci, 1988; / rapporti agrari di impresa nella piii recente dottrina e giurispriidenza civile e costituzionale, Edizioni Cacucci, 1988; La giurispmdenza costituzionale sui contratti agrari neU’ultimo ventennio, Edizioni Cacucci, 1989.