El desenvolvimiento normal de una hacienda comercial tiene por base indefectible que su patrimonio sea en todo momento suficiente y adecuado para la satisfacción de las deudas de los sucesivos vencimientos que lo gravan. No es preciso y puede no ser suficiente el exceso aritmético del activo sobre el pasivo, para que se obtenga este resultado.
La quiebra tiene un significado complejo que comprende en sus elementos la situación de la hacienda comercial, imponente para satisfacer los débitos que la gravan, y la correspondiente defensa de los acreedores perjudicados. El comerciante cuyo patrimonio se halla en esta situación, se dice que se encuentra en estado de quiebra; y, por otra parte, se llama quiebra a la organización legal, colectiva y general, de los acreedores, que tiene, mediante una serie de providencias administrativas y judiciales, a la liquidación y a la satisfacción de sus respectivos créditos sobre aquel patrimonio.