La protección jurídica del concebido no nacido (también identificado por el término latino nasciturus) está marcada por problemas de signo diverso que complejizan notablemente el discurso, así como su abordaje teórico y normativo. Algunos de estos problemas -enunciados sin intenciones de completa exhaustividad- son: las dispares interpretaciones sobre las teoría que explican su status jurídico (sobre la base de las disímiles exégesis de las fuentes históricas, las divergencias conceptuales de las categorías abstractas utilizadas y la incercia e insuficiencias teóricas en el análisis de ciertos aspectos), la extrema parquedad de la regulación normativa sobre el concebido presente en numerosas legislaciones, las vacilaciones terminológicas, así como la alusión a figuras que guardan cierta similitud con la necesaria tutela legal del concebido pero que no se avienen de manera congruente a la misma, las visiones dispares sobre aristas éticas (el aborto, el impacto de las nuevas tecnologías biomédicas) o jurídica (interpretación patrimonialista de su ámbito de aplicación), por solo citar los ejemplos más significativos.
El tópico relativo al contenido de la protección del concebido debe sortear muchas de las dificultades señaladas en el camino hacia un planteamiento coherente de sus objetivos.
Capítulo I. El status jurídico del concebido no nacido
1.1. El concebido no nacido. Reflexiones en torno a su status jurídicos
1.2. La protección jurídica del concebido no nacido. Construcciones teóricas y normativas tradicionales
1.3. El contenido de la protección jurídica del concebido no nacido en el Derecho Civil
Capítulo II. La tutela jurídica del concebido no nacido
2.1. Las donaciones a favor del concebido. Análisis de su admisión en el Derecho Civil cubano
2.2. El Contrato de Seguro a favor del nasciturus
2.3. Presupuestos conceptuales y normativos de la sucesión mortis causa del concebido no nacido
2.4. La sucesión mortis causa del concebido no nacido. Perspectiva dinámica
2.5. Medidas de índole patrimonial que garantizan la sucesión por causa de muerte del concebido no nacido
2.6. La administración de la herencia
2.7. Un acercamiento a la tutela jurisdiccional de los intereses y derechos eventuales del concebido no nacido
Bibliografía
Freddy Andrés Hung Gil, Cuba, Ciudad de la Habana, 1979). Licenciado en Derecho y Especialista de Posgrado en Derecho Civil y Especialista de Posgrado en Derecho Civil y patrimonial de Familia por la Universidad de Camagüey, Cuba.
Doctor en Ciencias Jurídicas por la Universidad de La Habana. Es Profesor Titular de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana, en la que imparte docencia de pregrado y posgrado en distintas materias del área de Derecho Civil. Mantiene una activa colaboración con universidades europeas, miembro de la Cátedra ítalo-cubana de Derecho Civil adcripta a la Universidad de Camerino, Italia.