En el presente trabajo se aborda con carácter general la protección al inversor en el mercado de capitales desde el prisma de la regulación comunitaria y estadounidense y, de manera especial en el programa de notas a medio plazo, incidiendo en una primera aproximación en la asimetría informativa existente en el mercado financiero entre el inversor, sobre todo el minorista, y el emisor, incrementada notablemente durante el reciente episodio de crisis financiera.
Asimismo, se ha desarrollado la estructura del citado programa de notas –fase de establecimiento del programa y fase de emisión-, al igual que se han dedicado varios epígrafes a los diferentes documentos que lo componen, con especial énfasis en el folleto de base, y en aquellos términos y condiciones relativos a los valores (notas) que otorgan una protección relevante al inversor. Adicionalmente, para garantizar la eficacia de las normas informativas que presiden el contenido del folleto de base, se desarrolla el sistema de responsabilidad del emisor o persona responsable de la elaboración del folleto. Por otro lado, se presenta una revisión sintética del Reglamento (UE) 2017/1129, sobre el folleto que debe publicarse en caso de oferta pública o admisión a cotización de valores en un mercado regulado y por el que se deroga la Directiva 2003/71/CE, estableciendo un estudio comparativo con la regulación vigente.
De manera análoga, teniendo en cuenta la importancia financiera y extra financiera de la inversión sostenible, se realiza un examen del régimen aplicable a las emisiones de valores bajo el programa de notas dirigidas a financiar inversiones de carácter medioambiental y social, prestando especial atención a aquellos aspectos que podrían mejorar la situación normativa actual de los “Green Bonds” y“Social Bonds”.
Finalmente, se entreverán a lo largo del texto diferentes apartados relacionados con la nueva tecnología “blockchain”, en la medida que la misma imprime de manera positiva un giro copernicano en la actual operativa sobre emisiones de valores, dotándola de mayor operatividad, seguridad y agilidad en su funcionamiento, conjuntamente con un ahorro significativo de costes, y mayor transparencia, lo que redundará en beneficio de todos los intervinientes en este sistema, incluyendo al inversor.