XV Premio «Manuel Giménez Abad» para trabajos de investigación sobre la descentralización política y territorial
Esta obra expone sistemáticamente y con detenimiento el origen y la evolución del complejo sistema de distribución de competencias en materia de derecho civil instituido al amparo de la Constitución española de 1978. Desde parámetros renovados, aunque sin abandonar la senda marcada por las investigaciones ya publicadas sobre la materia, el autor analiza los principales elementos que vertebran este singular título competencial. De esta forma, a lo largo del texto, se examinan con detalle y en clave crítica las reglas atributivas de competencia presentes tanto en el texto constitucional como en los Estatutos de Autonomía, las vicisitudes y el estado actual de las diversas legislaciones civiles coexistentes en España, y la interpretación que de todo ello ha realizado el Tribunal Constitucional a través de su jurisprudencia. Asimismo, y teniendo en cuenta las múltiples lecturas de que ha sido objeto esta cuestión y de las controversias que a día de hoy sigue suscitando, estas páginas prestan igualmente atención a las perspectivas de futuro. Por esta razón, en ellas se aventuran propuestas concretas, en el bien entendido de que ha de superarse el actual marco asimétrico de reparto competencial y desde la convicción de que su revisión debería integrarse en una reforma más amplia de los mandatos constitucionales que articulan nuestro modelo de organización territorial.
Prólogo 19
Introducción 25
Capítulo 1
Las normas atributivas de competencia (I):
La Constitución
I. ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE LA REGULACIÓN CONSTITUCIONAL VIGENTE 33
1. Constitucionalismo y “cuestión foral” durante la etapa codificadora 33
2. Los derechos forales en la Ley de bases de 1888 y en el Código civil 35
3. El sistema de “Apéndices” 35
4. La II República y la vía autonomista 36
5. Las Compilaciones 37
6. La reforma del título preliminar del Código civil 38
II. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Y SU ART. 149.1.8ª 39
1. Elaboración parlamentaria del precepto 40
1.1. Congreso de los Diputados 41
1.1.1. El anteproyecto de Constitución 41
1.1.2. Los votos particulares planteados al anteproyecto 42
1.1.3. Las enmiendas al anteproyecto presentadas en la Comisión de Asuntos Constitucionales y Libertades Públicas 44
1.1.4. Informe de la Ponencia para estudiar las enmiendas al anteproyecto de Constitución 49
1.1.5. El debate en Comisión; el posterior dictamen sobre el anteproyecto; las enmiendas presentadas al mismo; el debate en Pleno y el texto final del proyecto 52
1.2. Senado 55
1.2.1. Enmiendas al texto del proyecto 55
1.2.2. El debate en Comisión 59
1.2.3. El dictamen de la Comisión; los votos particulares presentados al mismo; el debate en el Pleno del Senado y la propuesta formal de modificaciones al texto aprobado por el Congreso de los Diputados 61
1.3. Comisión Mixta Congreso-Senado y fase final de la tramitación 63
1.3.1. El dictamen de la Comisión Mixta y el texto final aprobado por el Congreso de los Diputados y el Senado 63
2. Examen del contenido del precepto 64
2.1. La competencia exclusiva del Estado en materia de “legislación civil” 65
2.1.1. La “legislación civil” como materia de competencia estatal 65
2.1.2. Breves apuntes sobre la incidencia de las normas civiles estatales en las Comunidades Autónomas con derecho civil propio 67
2.2. La competencia de las Comunidades Autónomas 69
2.2.1. Observaciones generales 69
2.2.2. Análisis de las distintas expresiones que componen la fórmula atributiva de la competencia autonómica 86
2.3. Las materias que “en todo caso” corresponden al Estado 99
2.3.1. Consideraciones previas 99
2.3.2. Análisis de las materias 101
Capítulo 2
Las normas atributivas de competencia (II):
Los Estatutos de Autonomía
I. LAS DISTINTAS VÍAS DE ACCESO A LA AUTONOMÍA Y SU RELACIÓN CON LA ASUNCIÓN ESTATUTARIA DE COMPETENCIAS EN MATERIA DE DERECHO CIVIL 132
1. Planteamiento general 132
2. El caso específico de la competencia autonómica sobre legislación civil 134
2.1. La doctrina mayoritaria 134
2.2. La doctrina minoritaria 137
3. Los distintos supuestos de asunción competencial sobre esta materia 140
3.1. Los supuestos exentos de polémica 141
3.2. Los supuestos controvertidos 142
3.2.1. Aragón 142
3.2.2. Baleares 149
3.2.3. Comunidad Valenciana 152
3.2.4. Navarra 160
3.2.5. Asturias 162
3.2.6. Murcia 164
3.2.7. Extremadura 165
4. Breve recapitulación 166
II. LA COMPETENCIA EN MATERIA DE DERECHO CIVIL EN LOS ESTATUTOS DE AUTONOMÍA 169
1. Apuntes preliminares 169
2. El contenido de las normas estatutarias 170
2.1. Comunidades Autónomas que han asumido competencia para la conservación, modificación y desarrollo del derecho civil, foral o especial propio 170
2.1.1. País Vasco 170
2.1.2. Navarra 176
2.1.3. Cataluña 183
2.1.4. Aragón 190
2.1.5. Comunidad Valenciana 197
2.1.6. Galicia 206
2.1.7. Baleares 212
2.2. Comunidades Autónomas que han asumido competencia en materia de derecho consuetudinario propio 217
2.2.1. Asturias 217
2.2.2. Murcia 220
2.2.3. Extremadura 223
2.2.4. Castilla y León 227
2.3. El caso de Andalucía 228
2.4. Valoración de conjunto 231
2.4.1. Observaciones relativas a los Estatutos de Autonomía que han asumido competencias sobre derechos civiles, forales o especiales 231
2.4.2. Observaciones relativas a los Estatutos de Autonomía que han asumido competencias sobre derechos consuetudinarios 234
Capítulo 3
Desarrollos competenciales:
la actividad legislativa
I. EL ESTADO Y EL DESARROLLO DE SU COMPETENCIA EN MATERIA DE DERECHO CIVIL 238
II. LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS Y EL DESARROLLO DE SU COMPETENCIA EN MATERIA DE DERECHO CIVIL 239
1. Examen de la actividad legislativa por Comunidades Autónomas 240
1.1. País Vasco 240
1.1.1. Leyes dictadas al amparo del art. 10.5 del Estatuto de Autonomía de 1979 240
1.2. Navarra 245
1.2.1. Leyes dictadas al amparo del art. 48 de la LORAFNA 245
1.3. Cataluña 249
1.3.1. Leyes dictadas al amparo del art. 9.2 del Estatuto de Autonomía de 1979 249
1.3.2. Leyes dictadas al amparo del art. 129 del Estatuto de Autonomía de 2006 264
1.4. Aragón 270
1.4.1. Leyes dictadas al amparo del art. 35.1.4 del Estatuto de Autonomía de 1982 270
1.4.2. Leyes dictadas al amparo del art. 71.2ª del Estatuto de Autonomía de 2007 274
1.5. Comunidad Valenciana 278
1.5.1. Leyes dictadas al amparo del art. 31.2 el Estatuto de Autonomía de 1982 278
1.5.2. Leyes dictadas al amparo del art. 49.1.2 del Estatuto de Autonomía de 2006 279
1.6. Galicia 284
1.6.1. Leyes dictadas al amparo del art. 27.4 del Estatuto de Autonomía de 1981 284
1.7. Baleares 290
1.7.1. Leyes dictadas al amparo del art. 10.22 del Estatuto de Autonomía de 1983 290
1.7.2. Leyes dictadas al amparo del art. 10.23 del Estatuto de Autonomía de 1999 292
1.7.3. Leyes dictadas al amparo del art. 30.27 del Estatuto de Autonomía de 2007 293
1.8. Asturias 294
1.8.1. Normas dictadas al amparo del art. 16 del Estatuto de Autonomía de 1999 294
2. Valoración de conjunto 296
2.1. Perspectiva cuantitativa 296
2.2. Perspectiva cualitativa 297
III. BREVE APUNTE ACERCA DE LA NORMATIVA DICTADA POR LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS AL AMPARO DE OTRAS COMPETENCIAS CON POTENCIAL CONTENIDO EN MATERIA CIVIL: EL LLAMADO “DERECHO CIVIL AUTONÓMICO NO FORAL” 298
Capítulo 4
La jurisprudencia del Tribunal Constitucional
I. LA DOCTRINA DEL TC SOBRE LA COMPETENCIA EXCLUSIVA DEL ESTADO EN MATERIA DE “LEGISLACIÓN CIVIL” 303
1. Breve comentario de las sentencias más relevantes dictadas por el TC que han incidido en la delimitación de la competencia exclusiva del Estado en materia de “legislación civil” 304
2. Valoración de conjunto 317
2.1. El criterio predominante en las operaciones de deslinde competencial entre la “legislación civil” del Estado y determinadas materias autonómicas: la distinción entre derecho privado y derecho público 317
2.2. Otros aspectos a tener en cuenta 320
II. LA DOCTRINA DEL TC SOBRE LA COMPETENCIA DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS EN MATERIA DE DERECHO CIVIL PROPIO 321
1. Breve comentario de las sentencias dictadas por el TC sobre la competencia legislativa autonómica en materia de derecho civil 322
2. Análisis de los principales criterios jurisprudenciales presentes en las resoluciones anteriormente descritas 336
2.1. La relación (negada) entre la DA 1ª CE y las potestades legislativas autonómicas en materia de derecho civil 336
2.2. La interpretación del inciso “allí donde existan” del art. 149.1.8ª CE 346
2.3. “Conservación, modificación y desarrollo” de los derechos civiles autonómicos 351
2.3.1. “Conservación” 351
2.3.2. “Modificación” 352
2.3.3. “Desarrollo”: la doctrina de las “instituciones conexas” 353
2.4. La “garantía de la foralidad civil a través de la autonomía política” 365
2.5. Mención particular al único caso de enjuiciamiento de una norma estatutaria atributiva de competencia en materia civil: el art. 129 del Estatuto de Autonomía de Cataluña y las SSTC 31/2010 y 137/2010. 370
III. LA DOCTRINA DEL TC SOBRE LAS SEIS MATERIAS ENUMERADAS EN EL ART. 149.1.8ª CE QUE CORRESPONDEN “EN TODO CASO” AL ESTADO 377
1. Examen de la interpretación jurisprudencial de cada una de las materias 378
1.1. Reglas relativas a la aplicación y eficacia de las normas jurídicas 378
1.2. Relaciones jurídico-civiles relativas a las formas de matrimonio 383
1.3. Ordenación de los registros e instrumentos públicos 387
1.3.1. Registros 387
1.3.2. Instrumentos públicos 394
1.4. Bases de las obligaciones contractuales 398
1.5. Normas para resolver los conflictos de leyes 401
1.6. Determinación de las fuentes del Derecho 408
2. Valoración de conjunto 412
Capítulo 5
Balance general y perspectivas de futuro
I. CONSIDERACIONES CRÍTICAS SOBRE EL VIGENTE SISTEMA DE REPARTO COMPETENCIAL EN MATERIA DE DERECHO CIVIL 416
1. Unas reglas de reparto competencial confusas que se prestan a diversas interpretaciones (a menudo incompatibles entre sí) 416
1.1. El art. 149.1.8ª CE: cuatro décadas de controversias 416
1.2. Disparidad de criterios en las normas estatutarias atributivas de competencia 421
2. Un esquema de reparto desigual de competencias que, a la vista de la evolución del modelo, resulta difícilmente justificable 423
2.1. La única certeza: no todos los territorios pueden legislar en la materia 423
2.2. El núcleo del problema: la irresoluble tensión “historia-desarrollo” inherente al art. 149.1.8ª CE 425
2.3. Los derechos civiles autonómicos y la dialéctica simetría-asimetría 428
2.4. Los derechos civiles autonómicos como “hechos diferenciales”: una categorización problemática y discutible 434
3. Un desarrollo legislativo autonómico controvertido 438
3.1. Comunidades Autónomas y “legiferación civil”: ¿deriva inconstitucional o tendencia inevitable? 438
3.2. La compleja cuestión del llamado “derecho civil autonómico no foral” 441
4. La excesiva judicialización del modelo y sus consecuencias 442
4.1. La instrumentalización política del recurso de inconstitucionalidad: ¿un uso irresponsable de la justicia constitucional? 442
4.1.1. Divergencia de criterios a la hora de impugnar leyes civiles autonómicas. 442
4.1.2. El desistimiento “selectivo” de recursos de inconstitucionalidad 444
4.1.3. Un apunte complementario 446
4.2. Sobre la inconveniencia de erigir un “Estado jurisprudencial autonómico” 447
5. En suma, un régimen de reparto competencial cuestionable 449
II. VALORACIÓN DE HIPOTÉTICOS ESCENARIOS FUTUROS 451
1. ¿Es posible todavía la plena unificación del derecho civil en España? 451
2. La (pretendida) unificación del derecho civil en el marco europeo y su impacto sobre la plurilegislación civil española 453
3. ¿Un reparto competencial simétrico de la materia civil? 454
3.1. A vueltas con el viejo modelo republicano 454
3.2. Su encaje en el actual debate sobre la reforma constitucional 456
3.3. Algunas reflexiones acerca de su eventual articulación 461
3.4. La importancia de calibrar sus riesgos 467
4. Apuntes finales. 470
Bibliografía 475
1. Bibliografía General 475
2. Fuentes editadas 506
EVA CARRACEDO CARRASCO, Profesora en laFacultad de Derecho de Unviersidad Autónoma de Madrid