«¿Cómo se cuantifican tres años de una vida? ¿Cómo su devuelve el tiempo perdido cuando una vida puede durar un suspiro? Sencillamente, no se puede.
No hay forma de compensar el dolor provocado por el que no comprende, por el que se deja llevar, subiéndose a un tren que no era para ella sin saber que el que te lleva de la mano pidiéndote confianza ciega, es en realidad un profesional del engaño sonriendo mientras ocupas tu asiento.
No existe dinero, ni palabras que puedan devolver el tiempo robado a los tuyos, las caricias que has dejado de disfrutar, las carcajadas de tus hijos y tu presencia a su lado mientras compartes sus logros y los levantas cuando caen. Nada puede pagar su compañía cuando las cosas se ponen duras porque sabes que, pase lo que pase y por muy difícil que se ponga la vida, el motivo para continuar siempre son ellos.
Nadie podrá devolverte jamás los días perdidos al lado del amor de tu vida, al que acabas de dejar solo e incrédulo porque te han arrancado de tu casa sin mediar palabra y sin avisar para encerrarte entre cuatro paredes sin comprender el porqué.
Nadie… Nada… Nunca»
ABREVIATURAS
PRÓLOGO
INTRODUCCIÓN
CAPÍTULO I
ANTECEDENTES, EVOLUCIÓN Y RELEVANCIA DEL CONTRATO DE GESTIÓN
I. Colaboración empresarial en el sector de la navegación marítima
II. Origen y evolución de las empresas de gestión naviera
III. Relevancia del contrato de gestión naval
CAPÍTULO II
CONCEPTO DEL CONTRATO DE GESTIÓN NAVAL: ELEMENTOS DEFINITORIOS
I. Consideraciones preliminares de carácter terminológico
II. Concepto del contrato de gestión naval
III. Elementos personales
IV. Elementos reales
CAPÍTULO III
CARACTERES DEL CONTRATO DE GESTIÓN NAVAL
I. Contrato de gestión de intereses ajenos
II. Especial relevancia del intuitu instrumenti
III. Contrato de duración o esporádico
IV. Contrato mercantil
V. Contrato consensual: libertad de forma
VI. Contrato náutico
VII. Contrato principal
VIII. Otras características: bilateral, sinalagmático, conmutativo y oneroso
CAPÍTULO IV
NATURALEZA JURÍDICA
I. Distinción de figuras afines
II. Contrato de colaboración mercantil
III. El contrato de gestión naval entre la comisión y la agencia: sintonías y disfunciones más significativas
BIBLIOGRAFÍA
María José Rodríguez Docampo, Profesora Doctora de Derecho Mercantil , Departamento de Derecho Privado, Universidad de A Coruña