El presente libro aborda el análisis de una reciente medida adoptada para hacer frente a la situación de pobreza severa en que se encuentra un importante sector de la población española tras las dos últimas crisis sufridas en el país: la económica y la sanitaria En él se pasa revista, en primer lugar, a los títulos competenciales que justifican las medidas de Seguridad Social y de Asistencia Social adoptables por el Estado y por las Comunidades Autónomas y a la situación actual de las rentas mínimas estatales y comunitarias. Más tarde, se presentan sumariamente los términos del debate existente acerca de las rentas mínimas, para acabar analizando el régimen jurídico del Ingreso Mínimo Vital (IMV) recientemente aprobado, haciendo finalmente unas reflexiones sobre la repercusión de éste en el sistema nacional de rentas mínimas existente:la opción por una renta mínima y no por una renta básica o universal, la todavía incierta relación entre el IMV y las restantes mínimas estatales, la compatibilidad del IMV con las rentas mínimas autonómicas, el debate abierto sobre la financiación del IMV, la débil crítica al eventual «efecto llamada» del IMV y las repercusiones del IMV en la reincorporación al mercado de trabajo formal y en la lucha contra la economía sumergida. En cualquier caso, pocas veces una medida del calibre de ésta ha obtenido el beneplácito de casi todos en el país.
Advertencia previa
I. El contexto
1. La Constitución y el transcurso del tiempo
2. Las reformas constitucionales
3. La crisis y las instituciones
4. Las cuestiones controvertidas sobre el Poder Judicial en la experiencia constitucional
II. Los términos de la polémica
1. Los conflictos constitucionales. La sentencia del Tribunal Constitucional 45/1986
2. El recurso de inconstitucionalidad contra la Ley Orgánica del Poder Judicial y la sentencia del Tribunal Constitucional 108/1986
III. Las novedades legislativas del siglo XXI
1. La aparente pacificación
2. Las reformas de 2001 y de 2004
3. El cambio de 2013
4. Un juicio de constitucionalidad incompleto
IV. Apuntes de la realidad
1. Reivindicaciones, movimientos y huelgas
2. El problema de los nombramientos discrecionales del Consejo General del Poder Judicial
3. La elección y la renuncia del Presidente del Tribunal Supremo
4. Las impugnaciones de la elección de los vocales del Consejo General del Poder Judicial en 2013 y de la sucesiva elección del Presidente del Tribunal Supremo
5. El Manifiesto de la Plataforma por la Despolitización y la Independencia Judicial, las denuncias ante la ONU de la Plataforma Cívica por la Independencia Judicial y de Jueces para la Democracia y Rights International Spain y la queja ante el Consejo Consultivo de Jueces Europeos
6. El acuerdo asociativo en favor de la elección por los jueces de los vocales de origen judicial y de otras cuestiones
7. La importancia relativa de un Código de Ética Judicial y otras medidas adoptadas por el Consejo General del Poder Judicial
8. Recapitulación
V. Elementos de contraste
1. Los documentos del Consejo de Europa
2. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos se pronuncia sobre los requisitos que han de cumplir los consejos de la magistratura para garantizar la independencia judicial
VI. La independencia judicial en el Estado social y democrático de Derecho
1. El juez no puede no ser independiente
2. El poder de los jueces
3. Las dos facetas de la independencia judicial
4. La imparcialidad y su sumisión a la ley
VII. ¿Son independientes e imparciales los jueces españoles? ¿Se someten al imperio de la ley?
VIII. La independencia judicial y la opinión pública
IX. Hacia unas conclusiones
Pablo Lucas Murillo de la Cueva, magistrado del Tribunal Supremo, es académico de número de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas. Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Córdoba, es autor de diversos libros y artículos en los que se ha ocupado principalmente del derecho a la protección de datos personales, del régimen de los partidos políticos y de las elecciones y del gobierno del Poder Judicial. Es doctor en Derecho por la Universidad de Bolonia y doctor honoris causa por la Universidad Federal de Ceará (Brasil).