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Impugnación de disposiciones sin fuerza de ley y resoluciones de las comunidades autónomas prevista en el art. 161.2 CE

ISBN: 9788413552637

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Fecha de Edición 05/06/2020
Plazo de entrega

24 h

Número de Edición

1

Idioma

Español

Formato

Libro

Páginas

212

Lugar de edición

VALENCIA

Encuadernación

Rústica

Colección

MONOGRAFÍAS TIRANT LO BLANCH

Editorial

TIRANT LO BLANCH, EDITORIAL

EAN

978-84-1355-263-7

La presente monografía tiene por objeto el estudio y análisis del proceso constitucional previsto en el art. 161.2 de la Constitución y desarrollado en el Título V de la LOTC: la impugnación de disposiciones sin fuerza de ley y resoluciones de las Comunidades Autónomas. Ciertamente, este proceso constitucional fue configurado por el legislador orgánico con carácter residual puesto que fue instituido como mecanismo de cierre con la finalidad de evitar dejar fuera del control por parte de la jurisdicción constitucional de cualquier cuestión atinente al proceso de descentralización territorial del poder que se inició con la Constitución de 1978.

Durante muchos años desde la vigencia de nuestra norma fundamental, este proceso impugnatorio, que constituye un auténtico privilegio procesal del Gobierno de la Nación, ha sido utilizado muy escasamente por éste, lo que probablemente ha producido un escaso interés de la doctrina por el estudio del mismo. Sin embargo, el funcionamiento irregular de las instituciones catalanas como consecuencia de la puesta en marcha del proceso soberanista ha llevado al Gobierno de Madrid a un uso inusitado del precitado proceso constitucional, lo que parece justificar suficientemente una monografía específica sobre el mismo, viniendo, de esta forma, a colmar la laguna que al respecto existía en nuestra doctrina jurídica. Monografía que, asimismo, viene justificada por los muchos  problemas interpretativos a que ha dado lugar la impugnación de disposiciones sin fuerza de ley y resoluciones de las Comunidades Autónomas; problemas interpretativos a los que con esta obra se trata de dar solución.

Prólogo de F. Javier Díaz Revorio        11
1.    INTRODUCCIÓN        21
2.    LA TRAMITACIÓN EN LAS CORTES CONSTITUYENTES DEL ART. 161.2 DE LA CE        27
3.    DESARROLLO DEL ARTÍCULO 161.2 DE LA CE EN LA LOTC: TRABAJOS PARLAMENTARIOS        39
4.    SIGNIFICADO Y ALCANCE DEL ARÍCULO 161.2 CE        45
4.1.    Compatibilidad entre el artículo 153 y 161.2 CE        46
4.2.    Delimitación del proceso previsto en el Título V de la LOTC respecto de otros procesos constitucionales        58
5.    ÓRGANOS LEGITIMADOS        65
6.    OBJETO DEL PROCESO        71
6.1.    Control indirecto de la ley autonómica a través del proceso impugnatorio del Título V de la LOTC        86
6.2.    Especial consideración de los actos de trámite como objeto de impugnación         92
7.    PLAZO PARA INTERPONER LA IMPUGNACIÓN        111
8.    LOS MOTIVOS DE LA IMPUGNACIÓN        117
9.    PROCEDIMIENTO        121
9.1.    La consulta obligada al Consejo de Estado como requisito de procedibilidad        121
9.2.    Invocación expresa del artículo 161.2 CE y dies a quo del inicio de la suspensión        124
9.3.    Naturaleza de la suspensión         134
9.4.    Duración de la suspensión automática        147
9.5.    Criterios para mantener o levantar la suspensión        164
A)    Perjuicios de imposible o difícil reparación        165
B)    Los intereses en juego o concernidos        168
C)    La relevancia de la materia sobre la que incide la disposición autonómica impugnada        170
D)    El principio de seguridad jurídica        172
E)    El criterio del Fumus boni iuris        179
F)    El bloqueo de competencias estatales        183
G)    Presunción de legitimidad        190
10.    ¿INFLUYE EL AUTO DEL TRIBUNAL DECRETANDO EL MANTENIMIENTO O LEVANTAMIENTO DE LA SUSPENSIÓN SOBRE LA SENTENCIA QUE RESOVERÁ FINALMENTE SOBRE EL FONDO DEL ASUNTO?         201
Bibliografía        209

TOMÁS VIDAL MARÍN, Profesor Titular de Derecho Constitucional en la Facultad de Derecho y CC. Sociales de Ciudad Real, Universidad de Castilla-La Mancha