Un estudio comparativo sobre la gestión de la memoria de un pasado aún demasiado presente.
¿Qué hacer con el legado de un dictador tras su muerte o caída? Esta memoria conflictiva también incluye una herencia material, que va desde la tumba del autócrata a los lugares concretos vinculados a sus víctimas, pasando por el espacio público representado por el nomenclátor o los monumentos. Las guaridas del lobo repasa cómo la Europa contemporánea se ha enfrentado a sus propios fantasmas, cómo ha resignificado de modo particular los espacios estrechamente vinculados a la biografía y memoria del tirano, y cómo ha integrado —no sin contradicciones— este pasado incómodo en su propio relato nacional.
España no ha sido ajena a esta problemática (in)digestión de los lugares de (des)memoria. A través del estudio comparado de casos tan diversos como Alemania, Portugal, Albania, Rumanía, Francia, Italia o Eslovaquia, Xosé M. Núñez Seixas muestra las dificultades compartidas para afrontar pasados traumáticos recientes, bajo las alargadas sombras de una galería de déspotas que se extiende de Hitler a Stalin, y de Ceausescu a Franco. Sin embargo, algunas particularidades españolas son todavía patentes en las recientes polémicas sobre el Pazo de Meirás o al mausoleo de Cuelgamuros. Todo ello evidencia la complejidad y la necesidad de enfrentarnos a través del conocimiento histórico a esos legados conflictivos de nuestro pasado.
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PRÓLOGOS
I LA INTRODUCCIÓN EN LA LEGISLACIÓN PENAL ESPAÑOLA DE UNA FÓRMULA DE RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS
II DETERMINACIÓN DE LAS PERSONAS JURÍDICAS PENALMENTE RESPONSABLES
III NATURALEZA Y FUNDAMENTO DEL MODELO VIGENTE DE RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS
IV CRITERIOS DE TRANSFERENCIA O CONEXIÓN: LA DOBLE VÍA DE IMPUTACIÓN [ART. 31 BIS 1. APARTADOS A) Y B)]
V EL CONTENIDO DE LAS OBLIGACIONES DE SUPERVISIÓN, ORGANIZACIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL REFERIDAS EN EL ART. 31 BIS 1. B)
VI COMPATIBILIDAD E INDEPENDENCIA DE LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS Y FÍSICAS (ART. 31 TER)
VII LA RESPONSABILIDAD OMISIVA IMPROPIA DE LOS DIRECTIVOS QUE POSIBILITAN LA EJECUCIÓN DEL DELITO POR LA OMISIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE VIGILANCIA Y CONTROL QUE LES VINCULAN, A LOS EFECTOS DEL APARTADO B) DEL ART. 31 BIS 1
VIII FUNDAMENTO, NATURALEZA Y CONTENIDO DEL PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE DELITOS O COMPLIANCE PENAL CORPORATIVO REGULADO EN LOS APARTADOS 2 Y SS. DEL ART. 31 BIS CP
IX EL MODELO DE RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS EN ECUADOR. LAS PREVISIONES DE LOS ARTS. 49 Y 50 DEL COIP
X EL MODELO DE RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS EN MÉXICO. LAS PREVISIONES CONTENIDAS EN EL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES (CNPP), CÓDIGO PENAL FEDERAL Y EN EL CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL (CPDF). ANÁLISIS COMPARATIVO CON EL MODELO ESPAÑOL
Javier Gustavo Fernández Teruelo, Catedrático de Derecho penal de la Universidad de Oviedo