Cuando uno se adentra en el estudio del discurso del odio religioso, puede comprobar que no todos los discursos del odio o discursos intolerantes hacia las religiones lo son hacia ellas por sí mismas, sino que hay una concreta y específica forma de discriminación religiosa que se sirve de un ejercicio abusivo del derecho de libertad de expresión para legitimar la incitación abierta al odio racial y religioso, cual ha sido la importantísima novedad introducida por la relativamente reciente reforma del Código Penal español de 2015, a saber, el llamado -delito del discurso de odio religioso por razones de género-.
En esta obra se estudia con detalle este delito basado en esta nueva circunstancia de las -razones de género- en toda su dimensión, tratando de aportar soluciones que sirvan para todos y cada uno de los supuestos en los que se sospeche que pueda estar produciéndose dicho delito protegiendo la figura de la mujer evitando cualquier posible discriminación religiosa por razón de género.
Eso sí, todo esto, teniendo cuidado porque, de lo que puede ser algo tan loable como tratar de proteger a la figura de la mujer ante un delito de discriminación en el seno de una confesión religiosa, puede caerse, de forma inconsciente y/o de forma premeditada, en utilizar de forma excesiva el recurso a la posible comisión de este delito del discurso de odio religioso por razón de género para arremeter contra determinadas confesiones religiosas.