El derecho obrero fue una parte específica del derecho social que surgió a lo largo del siglo XIX y principios del siglo XX, frente al principio de la absoluta libertad de trabajo que se impuso en los primeros Estados liberales de Derecho, para garantizar de forma excepcional ciertos derechos mínimos a determinados colectivos de trabajadores o sectores del trabajo. De marcado carácter industrial, y referido al trabajo dependiente o por cuenta ajena, el derecho obrero fue, en definitiva, el conjunto de las primeras leyes protectoras de los trabajadores que comenzaron a promulgarse antes del triunfo del Derecho del trabajo. Por eso, en un tiempo en el que el pragmatismo se impone a la ciencia jurídica, resulta de especial interés el debate que sustentó su nacimiento, y el análisis del largo recorrido que supuso la consecución de su contenido más básico o esencial.
La lucha por el derecho obrero, que fue social en las calles, pero también ideológica y jurídica en el ámbito político y académico, trascendió por lo demás a los intereses concretos de un pueblo o nación. Como otras ramas jurídicas desconocidas en el orden privilegiado del Antiguo Régimen, y propias del nuevo régimen liberal, su desarrollo se afrontó en conjunto por los países occidentales, utilizándose entre ellos la comparación jurídica para conocer y, en su caso, trasladar las soluciones que se estaban arbitrando de unos lugares a otros. Por ese motivo, el análisis que se propone en La formación del derecho obrero en el Reino Unido, Francia y España antes de la Primera Guerra Mundial, se realiza desde una perspectiva comparada. Con ello se pretende comprender mejor el espíritu y desarrollo del derecho obrero español en el marco transnacional propio de la época en la que surgió, utilizando como elementos de la comparación el modelo británico, que fue previo, y el modelo francés, que ejerció una importante influencia en la construcción de todo el orden liberal burgués de la España decimonónica. Pero también se trata de que sea el análisis del propio derecho obrero español el que sume valor a la realidad europea, ya que hasta ahora el elemento español había quedado al margen de la comparación históhco-jurídica en el tema que nos ocupa.