La disposición de los denominados activos esenciales de las sociedades de capital requiere su autorización por la junta general, debido al impacto estructural que la decisión tiene sobre la posición de los socios. A pesar de los numerosos estudios sobre la regla contenida en el art. 160, f) LSC, aún no se había analizado cómo se aplicaría si la sociedad estuviera en dificultades financieras. En ese contexto, la disposición de activos esenciales puede resultar útil o necesaria y puede dudarse de si el interés de los acreedores no debería prevalecer sobre la protección del interés de los socios. La presente monografía estudia ese escenario, partiendo de los principios subyacentes al Derecho de sociedades y al Derecho concursal y preconcursal, cuya combinación proporcionará los criterios para dar respuesta a la situación.
A lo largo de su contenido se aborda, de manera separada, el caso en que la sociedad aún no está sometida a un procedimiento concursal y el modo en que la apertura de este procedimiento afecta a la solución. La distinción tiene relevancia, entre otras cosas porque la tutela prioritaria del interés de los acreedores solo puede sustentarse en el interés del concurso y, de hecho, ni siquiera su prevalencia con la apertura del procedimiento concursal supone, por sí misma, el desplazamiento del poder de los socios en esta materia.
Como se demuestra a lo largo de sus páginas, las distintas fases del procedimiento llevan necesariamente a respuestas distintas y la disposición de activos esenciales sigue debiendo ser autorizada por la junta general en ciertos supuestos. Precisamente por ese motivo, es necesario aclarar cómo se coordinan el sistema concursal y el societario allí donde sigue siendo preciso el acuerdo de la junta general, cuestión a la que se dedica un apartado completo. La obra está adaptada al recientemente aprobado Texto Refundido de la Ley Concursal.
NOTA PRELIMINAR
ABREVIATURAS
1. INTRODUCCIÓN
2. MEDIDAS SOCIETARIAS DE REESTRUCTURACION DE SOCIEDADES EN CRISIS
I. Crisis “versus” concurso
II. Reorganización, reestructuración y Derecho de sociedades
III. Medidas societarias típicas en procesos de reestructuración
IV. Tipología de conflictos propios de las reestructuraciones con afectación societaria
3. LA DISPOSICIÓN DE ACTIVOS ESENCIALES COMO PROBLEMA SOCIETARIO
I. La alteración de la competencia orgánica en las sociedades para la disposición de activos esenciales
II. Motivación y fines de la reserva competencial a la junta general de socios
III. La oponibilidad frente a terceros de la reserva competencial a la junta general
4. EL CONCEPTO DE ACTIVO ESENCIAL Y SU APLICACIÓN EN LAS CRISIS EMPRESARIALES
I. Noción de activo esencial
II. La noción de activos esenciales en empresas sometidas a un procedimiento concursal
5. LA COMPETENCIA DE LA JUNTA GENERAL EN EL CONCURSO Y EN LOS ACUERDOS DE REFINANCIACIÓN
I. Presupuestos básicos
II. La superposición del régimen societario y el concursal en la fase común del concurso
III. La necesidad de acuerdo de la junta en un convenio concursal que incluya la disposición de activos esenciales
IV. La pérdida de la competencia de la junta para la disposición de activos esenciales en la liquidación concursal
V. La necesidad de acuerdo de la junta en un acuerdo de refinanciación que incluya la disposición de activos esenciales
6. PROBLEMAS DERIVADOS DE LA NECESIDAD DE ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EN SOCIEDADES EN DIFICULTADES FINANCIERAS
I. Reglas de coordinación con el régimen concursal y preconcursal
II. Consecuencias de la inexistencia o invalidez del acuerdo de la junta general
7. CONCLUSIONES
I. Funcionalidad de la disposición de activos esenciales para sociedades en dificultades, finalidad de la norma y mantenimiento de las competencias societarias
II. Adaptación de la norma societaria a los conceptos propios del procedimiento concursal
III. Aplicación de la reserva competencial a la junta en las distintas fases del concurso y en los acuerdos de refinanciación
IV. Reglas de coordinación cuando el acuerdo de la junta es necesario a pesar de las dificultades financieras
V. Inexistencia o invalidez del acuerdo de la junta y sus consecuencias para la solución a las dificultades de la sociedad afectada
BIBLIOGRAFÍA
Francisco Javier Arias es consultor del departamento de Corporate / M&A de CMS Albiñana & Suárez de Lezo y profesor de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid