Los delitos de descubrimiento y revelación de secretos castigan aquellas conductas que transgreden el derecho fundamental a la inviolabilidad de las comunicaciones proclamado en el art. 18 de nuestra Constitución. La regulación penal protege, por un lado, los secretos propiamente dichos y, por otro, la intimidad de las personas, razón por la que sanciona tanto las conductas de interceptación o captación como el conocimiento antijurídico de lo comunicado.
Sistematizando la doctrina de los Juzgados y Tribunales expresada a través de sus resoluciones judiciales, hemos distinguido los aspectos sustantivos de estas infracciones penales y los procesales. Y, dentro de los primeros, analizamos el bien jurídico protegido, sus elementos objetivos —como la conducta típica— y los subjetivos —sujetos activo y pasivo y dolo—.
Y además, en la parte de Actualidad:
• Algunos interrogantes sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas
· La conformidad en el proceso penal
· Doctrina sobre el “Juez determinado por la ley”