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Derecho administrativo. Lecciones de la Universidad de Valencia 1906-1907

ISBN: 9788416230594

El precio original era: 25,00€.El precio actual es: 25,00€. 23,75 IVA incluido

Peso 720 g
Fecha de Edición 10/12/2015
Número de Edición

1

Idioma

Español

Formato

Libro

Páginas

490

Lugar de edición

SEVILLA

Encuadernación

Rústica

Colección

CLÁSICOS E INÉDITOS DEL DERECHO PÚBLICO ESPAÑOL

Editorial

ATHENAICA EDICIONES UNIVERSITARIAS

EAN

978-84-16230-59-4

Estas lecciones constituyen el legado jurídico de Eduardo Soler. Dictadas en el último curso que impartió, e inspiradas en autores como Tocqueville y Constant, son fiel testimonio del krausismo aplicado a la materia administrativa y un retrato no menos fidedigno de la fisonomía del Estado liberal en vísperas de su descomposición. En el primer sentido, puede apreciarse el empleo de la doctrina krausista de la persona social para la concepción de las entidades municipales y provinciales, consideradas por Soler como «organismos naturales». Eran estos principios los que animaban su defensa de la autonomía de los cuerpos intermedios, su crítica a la centralización imperante, manifestada en la entrometida tutela que los gobernadores ejercían sobre los pueblos, y su noción constitucional del derecho administrativo, que le llevaba a rechazar prácticas como la censura previa o el papel del ejército como «órgano director» de la vida estatal.

En el segundo sentido, estas lecciones evidencian el inesperado carácter intervencionista del Estado liberal y sirven para aprehender los rasgos genuinos de la sociedad burguesa. En ellas se aborda desde la composición de las altas magistraturas del Estado hasta la regulación que debían respetar los carruajes de caballos, desde las funciones de los ministerios hasta la reglamentación de circos, teatros y juegos de azar. Era este terreno, el administrativo, donde se resolvían normativamente las relaciones entre el Estado y la economía, como mostraba la incipiente legislación laboral, o el papel de los poderes públicos en la vigilancia de la moral, a través de la «policía de las costumbres».

Era, pues, el plano en que se concretaba el contenido efectivo de los derechos, que Soler entendía como la «garantía más fundamental del orden jurídico», de ahí que algunas de sus reflexiones centrales estén dedicadas a los derechos de asociación, de reunión y de propiedad, a la libertad de prensa, de sindicación y de huelga y también a los estados de excepción, la policía y la represión penal. Las lecciones se encuentran precedidas por un estudio de Yolanda Blasco Gil, especialista en las doctrinas administrativas de la España de entresiglos y gran conocedora de la historia de la facultad de derecho de Valencia durante la Restauración.

Eduardo Soler Pérez Fue catedrático de derecho canónico y de derecho político y administrativo en la Universidad de Valencia. También tuvo dedicaciones de interés en el campo de la geografía y la pedagogía. De inclinación liberal y democrática, y miembro de los círculos krausistas, fue suspendido de su cátedra a comienzos de la Restauración por no acatar las disposiciones ministeriales contrarias a la libertad científica. Mientras estuvo suspendido, impartió docencia en la propia escuela de derecho de la Institución Libre de Enseñanza. Viajero ilustre, fue conocido también por sus libros sobre geografía natural de algunos parajes de la Península. Rafael Altamira lo reconocía como su primer maestro, gracias al cual se adentró en el krausismo.