El depósito irregular en la jurisprudencia romana
La actividad bancaria que se desarrolla en Roma desde la época republicana, trae consigo la práctica de una serie de negocios que tienen como objeto fundamental la entrega al banquero, por parte de un particular, de una cantidad de dinero para que se la custodie, con la sola obligación de devolver igual cantidad. Las consecuencias jurídicas que este negocio conlleva -la transmisión de la propiedad, la facultad de uso de la cosa, la posibilidad de exigir intereses o el problema del periculum rei-, son aspectos que los juristas romanos de las distintas épocas valoraron a la hora de calificar la relación jurídica que se les presentaba. Es esta tensión entre la calificación como mutuo o como depósito la que se dió en Roma, y la que todavía en nuestros días subsiste, siendo discutida desde la óptica civilista y mercantilista.
Este estudio presenta, a través de un análisis crítico de las fuentes, las distintas soluciones que los juristas romanos, desde la época republicana, hasta la compilación justinianea, dieron al depósito irregular, y a los problemas a él conexos.