Sin lugar a dudas la figura del compliance ha adquirido una especial relevancia a raíz de la reforma del CP del año 2010, que introdujo en nuestro ordenamiento la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Las personas jurídicas se convierten en penalmente responsables de los delitos cometidos en su nombre o por su cuenta por sus representantes legales y administradores, pero también por quienes, estando sometidos a su autoridad, hayan podido realizar los hechos por no haberse ejercido sobre ellos el debido control. Dentro de dichas figuras delictivas adquiere una especial trascendencia el delito fiscal.
Para que la Administración tributaria pueda presentar denuncia o querella por delito fiscal contra la persona jurídica será necesario que previamente haya valorado en el curso de las actuaciones de comprobación e investigación correspondientes que, junto a la conducta típica de defraudación, no existe en la persona jurídica el oportuno programa de compliance penal o que, existiendo dicho programa, el mismo no resulta adecuado.
Y ello sin perjuicio de que sea en el proceso judicial penal donde deba determinarse si hay o no delito del que sea responsable penalmente la persona jurídica. La presente Monografía tiene por objeto analizar la evolución experimentada a lo largo de estos últimos tiempos por la regulación relativa a la responsabilidad penal de las personas jurídicas y, en particular, a la derivada de supuestos de delito fiscal.
En este sentido se analizan las reformas introducidas en su día por las Leyes Orgánicas 5/2010, 7/2012 y 17/2015. Igualmente es objeto de análisis la diferente interpretación que han venido manteniendo la Fiscalía General del Estado y el Tribunal Supremo respecto de la regulación contenida en la Ley Orgánica 17/2015, con particular atención al modelo de compliance que ha de ser implementado. Y, por supuesto, se estudia el alcance y trascendencia de las Normas UNE 19601 y 19602, las cuales han venido a delimitar la estructura y contenidos de los programas de compliance.
El autor es Profesor Titular (acreditado para Catedrático) de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Extremadura.
1. La imputación del delito fiscal cometido a través de una persona jurídica
2. La modificación introducida por la ley orgánica 5/2010, de 22 de junio
3. Alcance de la reforma introducida por la ley orgánica 7/2012, de 27 de diciembre
4. El perfeccionamiento de la reforma iniciada con la ley orgánica 5/2010 a través de la aprobación de la ley orgánica 17/2015, de 30 de marzo
5. La circular 1/2016, de 22 de enero, de la fiscalía general del estado, sobre la responsabilidad de las personas jurídicas conforme a la reforma del código penal efectuada por la ley orgánica 1/2015
6. Análisis de la línea interpretativa seguida por la jurisprudencia del TS y de otros tribunales de justicia
7. La norma UNE 19601 sistema de gestión de «compliance» penal y su función de certificación de los programas de prevención de los delitos penales de las empresas
8. El alcance de la norma UNE 19602 en el diseño de los futuros sistemas de gestión de «compliance» tributario
9. Reflexiones finales
(Director)
Xavier ribas
(Coordinadores)
Paula Gómez Doñate
José Luis Pérez Guillamón
Relación de autores.
ÁLVARO DEL HOYO MANENE
Consultor de Seguridad de la Información.
ÁLVARO GÁMEZ
Socio. Andersen Fiscal y Legal.
ANABEL CASAHUGA MONTSERRAT
Gerente de Cumplimiento Legal. Abertis Infraestructuras, SA
CARLOS VICENTE
Jefe de Marketing y Ventas. Danone, SA
CARLOTA MOLINA VILA
Abogada
CLAUDIO AGUILÓ CASANOVA
Asociado. Andersen Fiscal y Legal.
ELEAZAR MARTÍNEZ ESPEJO
Responsable Corporativo y de Cluster Compliance. Danone, SA
Elena campo
Abogada experta en Derecho Penal y Cumplimiento. Ribas y Asociados.
ELISABET ESCAYOLA MARANGES
Jefe de Cumplimiento España. Banco Degroof Petercam España SAU
ELOI FONT
Socio-director. Defensores de la fuente.
GISELA SUBIRÀ AMORÓS
Directora de Asesoría Jurídica y Cumplimiento. Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros, SA
JAVIER SÁNCHEZ MARQUIEGUI
Abogado
JESÚS MARINETTO IGLESIAS
Abogado y economista. Profesor colaborador de derecho civil-mercantil del Máster de Abogacía en la Universitat Oberta de Catalunya. Tutor de Práctica del Grado de Derecho y Máster de Derecho de Empresa en la Universitat Autònoma de Barcelona.
JOSÉ LUIS PÉREZ GUILLAMÓN
Abogado experto en cumplimiento normativo y protección de datos. Ribas y Asociados.
JUAN JORGE GILI
Gerente Senior de Riesgos Corporativos. Oficial de Riesgos del Grupo. Novartis.
Judith anton teixidó
Oficial de Cumplimiento y Directora de RSC. Suministros Eléctricos Industriales Antón Teixidó.
LAURA COLL
Coordinadora de Cumplimiento Sanitario. Boehringer Ingelheim España
MARC CASADO LÓPEZ
Consultor Ribas y Asociados.
MARC RIUS CALAVERAS
Abogado experto en Privacidad y Datos Personales. Ribas y Asociados.
MARÍA DEL MAR VERDET RÓDENAS
Abogada en Compliance
Maria dizaz diez
Asesor y Director de Cumplimiento. Equivalenza Retail SL.
MARÍA JOSÉ ADAMUZ PEÑA
Socio fundador y Consultor Senior. MO&MA Crisis Management Consultants SL
MONTSE MASSUET SOLER
Abogada
ÓSCAR SERRANO ZARAGOZA
Fiscal de Delitos Económicos de la Fiscalía Provincial de Barcelona y Colaborador Académico de ESADE Law School.
PATRICIA GARCÍA PÉREZ
Técnica en Cumplimiento. Abertis Infraestructuras, SA
PAULA GÓMEZ DOÑATE
Abogada experta en Cumplimiento Normativo y Protección de Datos. Ribas y Asociados.
RAMON FAUS SANTASUSANA
Socio. Andersen Fiscal y Legal.
REBECA VELASCO GUTIÉRREZ
Abogada experta en Privacidad y Datos Personales. Ribas y Asociados.
XABIER RIBAS ALEJANDRO
Socio. Ribas y Asociados.