La usurpación pacífica de inmuebles, comúnmente conocida como fenómeno okupa, es uno de los problemas que, en los últimos años, cuenta con mayor sensibilización social. La represión penal de estas conductas se introduce en nuestro texto punitivo en el año 1995 (art. 245.2) y desde entonces se ha producido un cuerpo jurisprudencial que ha venido a describirlas y a definir los elementos o notas que integran el tipo delictivo.
En el presente Cuaderno estudiamos, de forma práctica y sistemática, cuáles son esos elementos, cómo han de probarse en juicio y qué tratamiento dan nuestros Juzgados y Tribunales a las alegaciones de estado de necesidad que se aducen con mucha frecuencia por los sujetos activos.