El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo, en su Sentencia 149/2020, dictada el 4 de marzo, considera usurario un tipo de interés de un 27,24 % de una tarjeta de crédito revolving. Esta resolución facilita que muchos consumidores afectados puedan reclamar las cantidades que excedan del total del capital prestado.
En esta obra, la autora, María José Lunas Díaz, desarrolla, de una manera práctica y sistemática, los argumentos teóricos y prácticos necesarios para gestionar con éxito este tipo de reclamaciones relacionadas con los créditos y las tarjetas revolving.
INTRODUCCIÓN, APROXIMACIONES TERMINOLÓGICAS Y MARCO NORMATIVO
- Marco general
- Sobre el crédito renovable, rotativo, revolvente o revolving
- El concepto de interés
- Sujetos intervinientes y consecuencias legales
- Concurrencia normativa
PLANTEAMIENTOS SUSTANTIVOS (PARA SOSTENER LA DEFENSA DEL CLIENTE)
- Usura
- De las acciones derivadas de la normativas de condiciones generales de la contratación
- Vicio del consentimiento
- Daños y perjuicios
CUESTIONES PROCESALES
- Jurisdicción
- Competencia
- Capacidad y legitimación
- Postulación y representación
- Cuantía
- Procedimiento
- Acumulación de acciones y formulación de suplicio
- Reconvención
- Plazo de ejercicio
- Prueba
- Consecuencias y cuantificación
- Costas
DOCUMENTOS BÁSICOS DE REFERENCIA
- Ley de 23 de julio de 1908, sobre Nulidad de los Contratos de Préstamos Usuarios
- TS, Sala Primera, de lo civil, Pleno, 628/2015, de 25 de noviembre
- TS, Sala Primera, de lo Civil, Pleno, 149/2020, de 4 de marzo
- Tabla de tipos de interés del Banco de España
FORMULARIOS
Solicitud a la prestamista de la documentación contractual
Reclamación extrajudicial a la prestamista
Escrito de reclamación al Banco de España
Modelo simplificado de demanda de juicio ordinario ejercitando la acción de nulidad del contrato de préstamo revolving
Modelo simplificado de demanda de juicio ordinario ejercitando la acción de nulidad del contrato de préstamo revolving (no consumidor)
Modelo de oposición a monitorio por reclamación de cuotas de un crédito/tarjeta revolving
María José Lunas Díaz. Abogada. Doctora en Derecho