Controvertida delimitación del trabajo autónomo y asalariado. El TRADE y el trabajo en las plataformas digitales
La determinación de la existencia de contrato de trabajo es una cuestión en continuo movimiento y que determina el aspecto más importante del propio Derecho del Trabajo, su ámbito. Las fricciones del contrato de trabajo con otras figuras jurídicas no son cuestiones teóricas, sino que tienen una incidencia vital para las condiciones de prestación de una actividad o servicio, y obviamente, para las personas que prestan ese ese servicio o actividad y lo reciben. Los conflictos, y naturalmente, los litigios en esta materia son continuos y de muy diversa índole, matizando las fronteras del Derecho del Trabajo con otras ramas del ordenamiento jurídico no solo del Derecho Civil o Mercantil, sino también de otras menos habituales en los medios o los artículos científicos como el Derecho Administrativo1).
A lo expresado en el párrafo anterior, la aprehensión de la realidad, nos ayuda uno de los aspectos más esenciales del debate, su notoriedad pública. Frente cualquier otra polémica anterior, la cuestión de la laboralidad de los ámbitos que vamos a abordar no se discuten tanto en las revistas jurídicas, que también, como en los artículos de la prensa digital y otros medios de comunicación, donde se desata una polémica mediática de importantes proporciones. Como veremos, es posible captar directamente las opiniones, posiciones y estrategias de los diferentes protagonistas a través de la prensa digital. Esto no es gratuito. Las partes: empresas y sus asociaciones, trabajadores y sindicatos, utilizan los medios de comunicación, y esencialmente a la prensa digital para dar a conocer su postura, su visión, e intentar influir en la opinión pública y política a su favor. En este libro, se ha optado por una recopilación masiva de estos textos para poder sumergirnos en la realidad.
El conflicto entre las dos figuras, trabajador autónomo versus trabajador asalariado, ha sido continuo y permanente como tendremos ocasión de comprobar. Pero las dimensiones de la confrontación actual son distintas. El concepto de trabajador autónomo, y el crecimiento de número de modalidad de prestación de servicios, se sustenta en parte en la articulación sistémica de nuevas profesiones o emprendedores que carecen de tal naturaleza, posicionándose en el segmento más bajo del denominado trabajo por cuenta propia2).
Dentro del conflicto entre trabajo autónomo y asalariado, ha aparecido en el último quinquenio, un supuesto particular, el trabajo en o para plataformas digitales. Las posiciones que se han generado respecto a este asunto suponen seguramente el desafío más importante con el cual se encuentra el Derecho del Trabajo3). La concepción del Derecho del Trabajo, su ámbito, las personas a las que abarca, como garante de derechos y libertades, se ve puesta en crisis por razones claramente de negocio. Estamos ante una situación analizada desde todas las perspectivas (políticas, sindicales, sociales, económicas) y en las cuales los diferentes protagonistas ya han puesto en las mesas sus cartas4).
Las distintas percepciones sociales y doctrinales nos mostrarán la importancia de este desafío. Reto que aún es mayor cuando el concepto de trabajador por cuenta ajena no queda salvaguardado por nuestro texto constitucional5), por lo que parece que solo la normativa europea puede servir de última barrera frente a los desbordamientos o las presiones de los lobbies, a salvo de modificaciones exorbitantes que no encuentren ni siquiera la generosa comprensión de nuestro Tribunal Constitucional.
Y es que con este libro, no se pretenden analizar ni exponer los muy diversos conflictos, fraudes o ilegalidades de toda índole que abundan en el ámbito laboral español, y a través de las cuales ciertas empresas pretenden abastecerse de mano de obra barata e, incluso, cualificada. Becarios que no lo son6), socios de trabajo de cooperativas ficticias nacidas para encubrir una relación laboral7), “voluntarios8)” y una miríada de supuestos difícilmente abarcables9). Esto debe ser objeto de otro texto, en otra ocasión.
Trabajo autónomo y trabajo asalariado. Estamos ante una de esas contradicciones binarias de las cuales algunos quieren escaparse por considerarlas “no modernas”, no adecuadas a los nuevos tiempos que marcan lo que se denomina las nuevas realidades negociales, de organización del trabajo. Y, sin embargo, el Derecho de Trabajo, una rama jurídica “joven” con sólo algo más de una centuria en nuestro país, se asienta precisamente sobre esa construcción dual que, en cierta forma, le da sentido.
Como advertiremos leyendo la obra de Luis Pérez Capitán, son muchas las corrientes y líneas de opinión que consideran que la actual configuración subjetiva del ámbito del Derecho del Trabajo no es útil, optando por otras superestructuras jurídicas: un derecho profesional o interprofesional. Los argumentos para sostener tal propuesta son muy diversos y se efectúan desde muy diversos prismas: evolución de la tecnología y la organización de la producción incompatibles con el modelo del Derecho del Trabajo, surgimiento de nuevas formas de prestación difícilmente encajables en el modelo binario anterior, necesidad de extender la protección social propia del Derecho del Trabajo a otros colectivos no asalariados, etc. Pero, como advierte Luis Pérez Capitán, hay un elemento que de forma más o menos explícita subyace en todas esas manifestaciones: su deseo de superar el Derecho de Trabajo, y una consecuencia: la dulcificando del marco de protección del trabajador asalariado para ciertos segmentos de la población activa. Se extiende de forma parcial el contenido del Derecho del Trabajo para que éste no asuma la protección de ciertos grupos de población.
Cuando se afirma que el Derecho del Trabajo no es adecuado para esos colectivos, entre los que destaca el de los trabajadores al servicio de las plataformas digitales, lo que se quiere realmente decir es que se desea un marco más “flexible”, con menos derechos y garantías, en suma, para ellos.
A lo largo de la lectura de ésta obra, ingente en su aportación de documentación nacional e internacional, jurídica y social, nos enfrentamos a la conflictiva realidad de la relación trabajador autónomo y asalariado con la aportación de numerosas sentencias y doctrina jurisprudencial en las que se reconoce, en cierta forma, el fracaso de no haber podido establecer unas reglas claras y categóricas de diferenciación entre uno y otro tipo de relación jurídica ni a nivel nacional ni a nivel internacional. Sin embargo, esto no quiere decir que el Derecho español y tampoco el de otros países occidentales se encuentren carentes de cualquier medio para solventar los supuestos que se plantean. La consideración flexible y adaptada al momento histórico de las notas clásicas que caracterizan al contrato de trabajo (dependencia y ajenidad), articuladas a través de una serie de indicios es el instrumento clave para ello.
Una de las cuestiones que tal vez sorprendan más a aquel lector acostumbrado a la lectura del puro texto jurídico, es la mixtura que nos ofrece el autor. Desde un elevado número de Sentencias nacionales y textos internacionales, pasando por la cita de documentos de medios de comunicación, propuestas de diversas asociaciones, hasta la cita con profusión de autores nacionales e internacionales. Aquí, Pérez Capitán, nos acerca a la realidad. De hecho, nos la pone enfrente, para que seamos testigos de ella, nos sitúa delante de nosotros las diferentes posiciones que empresas, doctrina, organismos internacionales y jueces adoptan frente a ella. A diferencia de otros típicos libros jurídicos, el autor nos reclama de forma explícita o implícita una opinión, una postura sin que él esconda la suya propia, pero exponiendo con total claridad la de los demás para que el conocimiento del lector y su capacidad de decisión sea lo más libre posible.
Libro de actualidad, sí, porque aborda un asunto como el del trabajo en las plataformas digitales que está continuamente presente desde hace unos años, pero también de futuro, porque el camino que se elija en esta materia determinará el futuro del Derecho del Trabajo y el tipo de sociedad que queremos construir y porque no, de pasado, dado que se hunde en las raíces del propio ser de nuestra querida rama jurídica.