La presente monografía aborda un tema de siempre: el contrato de trabajo. La evolución del concepto del contrato en el derecho común no es ajena a la del contrato de trabajo. Afecta a importantes instituciones de la disciplina laboral, y confluye con la experimentada por la propia relación laboral. El papel de la autonomía de la voluntad en el contrato de trabajo, su relación con la negociación colectiva, las facultades directivas del empresario y sus limites, la flexibilidad laboral y la progresiva potenciación de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo son ejemplos de ello.
El sinalagma contractual, tanto en sentido genético como funcional, que cada vez juega más intensamente, está en la médula espinal del contrato de trabajo. La ley laboral y el convenio colectivo no intervienen solo externamente sobre el contrato de trabajo, sino que lo integran y salvan la contractualidad de la relación laboral; todo ello si se evita el error de identificar el contrato con la mera autonomía de la voluntad de las partes.
Introducción
I. CONTRATO DE TRABAJO Y NUEVAS TENDENCIAS DEL DERECHO DE CONTRATOS
I. Contrato de trabajo y sinalagma contractual
II. Evolución del concepto de contrato
III. Algunas consideraciones sobre los contratos de adhesión
IV. Revisión de la autonomía de la voluntad en el contrato de trabajo: STS de 22 de diciembre de 2014
II. SINALAGMA FUNCIONAL Y DEPENDENCIA LABORAL
I. Construcción jurídica de la subordinación laboral
II. Sublimación de la nota de dependencia
III. Desbordamiento de la nota de dependencia
IV. Diversificación del régimen jurídico-laboral
V. Ventaja operativa de la nota de dependencia
VI. Insuficiencia del método indiciario
VII. Tenue presunción de laboralidad; presunción de contractualidad
VIII. Nuevos modos de subordinación laboral
IX. Desigualdad de raíz
X. Alguna consideración sobre la implicación personal del trabajo
XI. Flexibilidad de doble sentido
III. SINALAGMA FUNCIONAL Y ALTERACIÓN DEL CONTENIDO DEL CONTRATO DE TRABAJO
I. Sobre la cláusula «rebus sic stantibus»
II. Modificación sustancial del contrato de trabajo
III. Extensión de la cláusula «rebus sic stantibus» al convenio colectivo
Bibliografía
Reflexiones finales
María Concepción Torres Díaz es jurista y profesora asociada de Derecho Constitucional en la Universidad de Alicante. También imparte clases en el Master de Malos Tratos y Violencia de Género de la UNED.