La separación (acordada con el Estado matriz) y la secesión (unilateral) de entidades territoriales -de especial interés y actualidad en España por los proyectos independentistas de distintos partidos políticos- plantea numerosas cuestiones de Derecho interno y de Derecho Internacional y de la Unión Europea que son objeto de análisis y estudio en este libro.
El interés de los miembros del equipo de investigación, autores de los diferentes trabajos que componen el presente volumen por abordar científicamente, desde la óptica del Derecho interno y del Derecho Internacional Público, la secesión de entidades territoriales no es nuevo. No es ajeno a ello el hecho de ser todos ellos ciudadanos de un Estado democrático y de Derecho –España– seriamente amenazado en su integridad territorial y en sus libertades por nacionalismos periféricos con mayor o menor peso y presencia en algunas de las Comunidades Autónomas que conforman España y cuyo objetivo es la separación o, incluso la secesión unilateral.
Aunque hoy apenas se recuerde y muchos prefieran no hablar de ello y correr un tupido velo (lo que no es posible dadas las enormes secuelas que produjo), es en ese contexto desintegrador y con este fin en el que tuvo lugar durante más de cinco décadas el terrorismo practicado por la organización terrorista nacionalista vasca ETA. Entonces, sostenido y apoyado por el nacionalismo vasco radical y brazo político de aquella conformado por Herri Batasuna y otros partidos adláteres creados sucesivamente para tratar de burlar –sin éxito– las sucesivas ilegalizaciones –avaladas por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos–de que fueron objeto. En la actualidad, todavía comprendido y sin ser deslegitimado por los sucesores de aquellos: Sortu y Bildu, legalizados fraudulentamente por el Tribunal Constitucional en el marco de la negociación del Presidente Zapatero con ETA.
Entonces y ahora, también comprendido por el Partido Nacionalista Vasco como acreditan tanto la hemeroteca como las actas municipales y parlamentarias correspondientes a los distintos Parlamentos en los que ese partido político ha tenido y tiene presencia (tanto en los tres Territorios Históricos del País Vasco como en el autonómico y en el Congreso de los Diputados), que recogen fidedignamente sus pronunciamientos al respecto. Lo manifestó de un modo cristalino uno de sus últimos presidentes: “unos mueven el árbol y otros recogen las nueces”.
Ese interés en abordar la secesión de las entidades territoriales desde una perspectiva científica seria y rigurosa pudo, por fin materializarse, al obtener en convocatoria competitiva el Proyecto de Investigación DER2016-76312-P: “Consecuencias jurídicas de la secesión de entidades territoriales de un Estado con especial referencia a las implicaciones en materia de derechos humanos. Enseñanzas para España”, financiado por el Ministerio de Economía y Competitividad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.
La publicación del presente volumen tiene lugar dentro del mismo proyecto de investigación y comprende parte de los trabajos realizados por los integrantes del equipo investigador pertenecientes a los campos científicos del Derecho Internacional Público y del Derecho Constitucional e integrados en las Universidades Complutense (profesores Ana Gemma López Martin, José Antonio Perea Unceta y Javier Chinchón Álvarez) y Rey Juan Carlos (profesores José Manuel Vera Santos, Pablo Fernández de Casadevante Mayordomo y el autor de estas líneas), a los que se añade el del Embajador y Profesor José Ramón Remacha Tejada, quien amablemente aceptó mi invitación a redactar un trabajo sobre las cuestiones pendientes en algunas de las fronteras que tiene España con los Estados vecinos; problemática que conoce muy bien.
Por lo que se refiere al objeto de estudio, es innegable que tanto la separación (acordada con el Estado matriz) como la secesión (unilateral) de entidades territoriales es una cuestión de especial interés y actualidad en España. No sólo ahora sino desde hace tiempo, como consecuencia de los proyectos independentistas y secesionistas de distintos partidos políticos existentes en algunas Comunidades Autónomas.
Con el transcurso de los años, la pasividad del Estado en materia educativa y el abandono de su presencia en determinados territorios (en particular el País Vasco y Cataluña) como contrapartida al apoyo recibido de los nacionalismos vasco y catalán en el Congreso de los Diputados para gobernar, lo que entonces eran meras expectativas políticas han transmutado hasta el punto de convertirse en un serio problema que se ha extendido a otra Comunidades Autónomas y que amenaza seriamente la integridad territorial de España.
Desde esos nacionalismos desintegradores se distorsiona y se falsea la realidad afirmando que el Derecho avala la legalidad y la legitimidad de su proyecto separatista (incluso aunque el mismo fuera decidido unilateralmente), invocándose en apoyo del mismo un inexistente derecho de autodeterminación (reconvertido en un no menos inexistente “derecho a decidir”). El atrevimiento llega hasta el punto de fundamentar tal pretensión en el Derecho Internacional aún a sabiendas de que este ordenamiento no reconoce tal cosa. Les da igual.
Sin embargo, y pese a tales pretensiones falseadoras de la realidad, lo cierto es que tanto la separación acordada como la secesión unilateral, lejos de ser pacíficas (como pretenden los diferentes nacionalismos) plantean numerosas cuestiones de índole jurídica tanto en el Derecho interno del Estado como en el Derecho Internacional y en el de la Unión Europea. Y todas ellas, escapan a la voluntad y a la decisión de la entidad territorial que pretende la separación o la secesión.
Las más relevantes de ellas son objeto de análisis y de estudio en este libro desde una doble perspectiva jurídica: interdisciplinar y global. Interdisciplinar, desde las ópticas fundamentales del Derecho Constitucional español y Comparado y del Derecho Internacional y de la Unión Europea. Global, centrando la atención en las cuestiones más relevantes vinculadas a la separación y a la secesión de entidades territoriales: el derecho de autodeterminación de los pueblos, la garantía de la unidad e integridad del Estado, el acceso a la estatalidad, la formación del Estado, el reconocimiento de Estados, la sucesión en los tratados de fronteras y de régimen territoriales, la sucesión en la condición de miembro de las Organizaciones Internacionales en las que lo es el Estado matriz, la sucesión en las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos vigentes en el territorio en cuestión y, por último, las medidas constitucionales que puede adoptar el Estado en su Derecho interno para hacer frente a la amenaza desintegradora.
Como puede comprobarse a lo largo de las páginas que siguen a esta breve presentación, esta tarea colectiva es acometida desde el rigor científico. Un rigor sustentado tanto en el examen de la práctica de los Estados y de las Organizaciones Internacionales como en la jurisprudencia de tribunales nacionales (en particular, la de los Tribunales Constitucionales de los Estados con entidades territoriales con pretensiones secesionistas o independentistas como España, Canadá, Reino Unido, Italia, Alemania, EEUU) e internacionales (Corte Internacional de Justicia, Tribunal de Justicia de la Unión Europea y Tribunal Europeo de Derechos Humanos).
Confiamos en que el resultado final de este trabajo colectivo realizado desde la perspectiva de España y que el lector tiene ahora en sus manos contribuya a proporcionar a todo aquel que realmente lo desee, el conocimiento riguroso y veraz del modo en el que tanto el Derecho interno de la práctica totalidad de los Estados como el Derecho Internacional y el de la Unión Europea abordan la secesión de entidades territoriales, así como sus respuestas a la misma. Podrá comprobar entonces que ni el Derecho ni la práctica de los Estados y Organizaciones Internacionales, ni la jurisprudencia de los tribunales nacionales e internacionales avalan las tesis que pretenden los nacionalismos periféricos en España y en otros países. Muy al contrario, lo que se desprende de ese Derecho, de esa práctica y de esa jurisprudencia nacional e internacional es un desmentido y una negativa radicales de las teorías y fundamentaciones que esos nacionalismos de todo tipo utilizan para argumentar sus posiciones desintegradoras.