La palabra compliance o su traducción al castellano, “cumplimiento normativo”, adquirió una nueva importancia dentro de la vida de las organizaciones empresariales en España, desde la reciente reforma del Código Penal.
Nuestra realidad empresarial más cercana muestra en la prensa diaria graves escándalos corporativos por fraudes, malas praxis o falta de control. El día a día nos muestra que los asuntos relacionados con el compliancetienen un gran impacto reputacional para las organizaciones, ya que está muy vinculado al cumplimiento de normas, pero también a la manera de operar en los mercados conforme a criterios éticos y de responsabilidad social corporativa.
Además, se ha aprobado recientemente la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. Esta Ley incluye importantes novedades respecto a la responsabilidad penal de la empresa.
PARTE I. INTRODUCCIÓN AL COMPLIANCE
Capítulo 1. ¿Qué es el compliance? Claves para su correcta interpretación
Capítulo 2. Establecimiento de un modelo de prevención y control en las organizaciones
PARTE II. RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS: UNA NUEVA REALIDAD SOCIAL EMPRESARIAL
Capítulo 3. El corporate compliance y la responsabilidad penal de las personas jurídicas (I)
Capítulo 4. El corporate compliance y la responsabilidad penal de las personas jurídicas (II)
Cap. 5. El corporate compliance y la responsabilidad penal de las personas jurídicas (III). Delitos societarios
Capítulo 6. El corporate compliance y la responsabilidad penal de las personas jurídicas (IV). Delitos societarios
Capítulo 7. El corporate compliance y la responsabilidad penal de las personas jurídicas (V). Delitos societarios
PARTE III. CARACTERIZACIÓN DE LA FIGURA DEL COMPLIANCE OFFICER
Capítulo 8. Configuración de la figura del compliance officer: Características y responsabilidades
PARTE IV. IMPLEMENTACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE UN PROGRAMA DE COMPLIANCE
Cap. 9. Fases de implantación de un programa de compliance (I)
Capítulo 10. Fases de implantación de un programa de compliance (II)
Capítulo 11. Fases de implantación de un programa de compliance (III): Canal de denuncias
PARTE V. EL COMPLIANCE REACTIVO EN LAS ORGANIZACIONES
Capítulo 12. El compliance reactivo: Investigación y defensa jurídica de la empresa
Capítulo 13. Defensa jurídica de la empresa en el procedimiento administrativo: Especial referencia a la vía contencioso-administrativa
PARTE VI. COACHING COMPLIANCE
Capítulo 14. Coaching compliance: Una nueva figura emergente en la realidad empresarial
PARTE VII. MEDIACIÓN ORGANIZACIONAL
Capítulo 15. Introducción al conflicto en las organizaciones
Capítulo 17. Los conflictos laborales individuales en la empresa
Capítulo 18. Gestión de los conflictos laborales colectivos en las organizaciones
Capítulo 19. El plan de mediación organizacional
PARTE VIII. CERTIFICACIÓN Y AUDITORÍA DE LOS PLANES DE GESTIÓN DE SISTEMAS DE COMPLIANCE PENAL
Cap. 20. La UNE 19601: Sistemas de gestión de compliance penal. Requisitos con orientación para su uso Parte IX. Implantación de un sistema de gestión
Cap. 21. Modelo de plan de prevención de delitos
Anexo I: Procedimiento de denuncias de “Organización __”
Anexo II: Código ético de “Organización __”
Anexo III: Sistema disciplinario de “Organización __” por incumplimientos de los Sistemas de Control del Plan de Prevención de Delitos
Anexo IV: Formulario de Hojas de Control
Anexo V: Actas de Asamblea General Ordinaria para Nombramiento de Compliance Officer
Jesús Lorenzo Aguilar es abogado especialista en responsabilidad penal de las personas jurídicas y programas compliance. Mediador penal y penitenciario, actualmente es además coordinador del Programa de Mediación Penitenciara en base al convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias del Ministerio del Interior y la Asociación Española de Mediación (ASEMED). Asimismo, Jesús Lorenzo Aguilar es director general de la Asociación Española de Mediación (ASEMED).
Francisco Antonio Jiménez Rodríguez es abogado y director de Lex Empresa Consulting. Jiménez Rodríguez es experto en desarrollo y control de programas compliance, y cuenta con un máster MBA en Internacionalización de Empresas. Actualmente, presidente del Instituto Superior de Derecho y Empresa (ISDE) y es socio protector de la Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas.
Carolina de Blas Herrero es licenciada en Derecho, administradora de fincas y mediadora civil, mercantil , familiar y escolar. Es, además, especialista en resolución de conflictos bancarios y ADR. En los últimos 8 años ha asesorado a asociaciones de familias y usuarias de servicios de salud, colectivos profesionales e instituciones públicas en materia de Derechos del Paciente y Bioética. De Blas cuenta en su haber con un máster de Mediación, Arbitraje y Compliance (ASEMED), siendo directora de Asemed Mediación, Jurídico y Compliance. Es, asimismo, profesora en la Escuela de Formación en Mediación de Asemed, en los campos de Mediación y Compliance.