Esta monografía aborda el «Dictamen de peritos» de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil, así como las consecuencias prácticas de su aplicación para todos los intervinientes en el proceso.
El hilo conductor es la figura del perito judicial, no sólo el profesional que tradicionalmente era designado por los tribunales de justicia sino también aquél cuyo dictamen es aportado al proceso de forma privada por las partes litigantes.
Prólogo
CAPÍTULO I. LA FIGURA DEL PERITO DESIGNADO POR LA PARTE Y SU COLABORACIÓN CON EL ABOGADO
- Introducción
- La figura del perito designado por la parte
- La colaboración entre el abogado y el perito designado por él
3.1.Criterios a tener en cuenta para escoger al perito designado por la parte
3.2.Criterios a tener en cuenta para que la relación entre el abogado y el perito escogido sea la adecuada
- Reflexiones finales
CAPÍTULO II. ESTUDIO CRÍTICO DE LOS DIFERENTES SISTEMAS DE DESIGNACIÓN DE PERITOS Y SOBRE LAS LISTAS DE PERITOS DE LA L.E.C.
- Designación de peritos directamente por las partes
1.1.Introducción
1.2.La confianza de los jueces en los dictámenes de los peritos aportados por la parte
1.3.La valoración judicial de los informes elaborados por peritos aportados por las partes
- Designación del perito por el tribunal
2.1.Características generales de esta designa judicial
2.2.Designa de peritos cuando el litigante sea titular del derecho de asistencia jurídica gratuita
2.3.Solicitud del demandante o demandado al tribunal para designar un perito
2.4.Designa de perito sin titulación oficial o de persona práctica o entendida en la materia
2.5.Designa de peritos en procesos sobre declaración de impugnación de la filiación, paternidad y maternidad, sobre la capacidad de las personas o en procesos matrimoniales
2.6.La pericial caligráfica
2.7.Designa de funcionarios de las diferentes Administraciones públicas
2.8.Contratación laboral de peritos a cargo de la Administración pública
2.9.Externalización del servicio pericial
2.10. Designa colegiada y designa indirecta de peritos por el tribunal
- Designa de perito consensuada por las partes
3.1.Requisitos para la designa consensuada de perito. Proposición de lege ferenda
3.2.Beneficios de la designa consensuada de perito
3.3.Un ejemplo de Derecho comparado: el perito consensuado en el Código de procedimiento civil de Quebec
3.4.Reflexión final sobre la designa consensuada en la LEC
- La regulación de las listas de peritos del art. 341 LEC y su problemática
4.1.Situación actual. Estadísticas
4.2.Escaso uso de las listas de peritos. Causas
- Reflexiones finales
5.1.En cuanto a los diferentes sistemas de designa de perito y su problemática
5.2. En cuanto a la regulación de las listas de peritos y su problemática
CAPÍTULO III. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DEL PERITO CALÍGRAFO QUE INTERVIENE ANTE LOS TRIBUNALES
- Introducción
- Consideraciones preliminares acerca de la pericia caligráfica
2.1.La actividad forense del perito calígrafo. Diferencia con la figura afín del experto grafólogo
2.2.Diferencias entre el “Dictamen de peritos” de los art. 335 a 348 LEC y “El cotejo de letras” del art. 349 LEC y ss
2.3.La documentoscopia como nueva variante de la pericia caligráfica.
2.4.Estandarización de los servicios periciales en España y en Europa. Los Estados Unidos de América como ejemplo de una intensa actividad normalizadora de la pericia caligráfica
2.5.El cliente del perito calígrafo. Sus diferentes acepciones
- Primeros contactos entre abogado y perito. Filtro previo de idoneidad técnica
3.1.Concreción de los aspectos a desarrollar en este primer contacto entre perito calígrafo y abogado
- El cotejo
4.1.Conservar adecuadamente los documentos objeto de la investigación del perito calígrafo
4.2.Recabar los documentos indubitados necesarios para su cotejo con la firma dubitada
4.3.Filtro de admisibilidad de las firmas que se entregan al perito calígrafo como indubitadas
4.4.Normas para la elaboración de un cuerpo de escritura. Necesaria intervención del perito calígrafo en este acto. Proposición de lege ferenda del art. 350.3 LEC
4.5.Contenido idóneo de un cuerpo de escritura
4.6.El cotejo entre las firmas indubitadas y la firma dubitada
4.7.Los diez principales factores gráficos que deben estudiarse durante el cotejo
- Redacción del dictamen pericial caligráfico
5.1.Partes fundamentales de un dictamen pericial caligráfico. Presentación del perito y objeto del dictamen
5.2.Especial mención a la metodología utilizada en el dictamen
5.3.Conclusiones del dictamen
- Intervención del perito calígrafo en el juicio o vista
7. Reflexiones finales
BIBLIOGRAFÍA
Rafael ORELLANA DE CASTRO
Doctor en Derecho
Abogado y perito calígrafo
Presidente de la Asociación Catalana de Peritos
Judiciales y Forenses Colaboradores de la
Administración de Justicia