En 2015 se llevó a cabo una profunda modificación del sistema de protección a la infancia y la adolescencia vigente en nuestro país desde 1996, tras la aprobación de la Ley Orgánica de Protección jurídica del Menor. No debe sorprende que, entre los elementos que pusieron de manifiesto los importantes cambios sociales transcurridos, y de que demandaban una mejora de sus instrumentos de protección jurídica, se mencionen dos importantes informes monográficos del Defensor del Pueblo.
Dejando al margen la actividad del Comité de los Derechos del Niño en el control de la observancia de la Convención de Naciones Unidas firmada en 1989, son dos las instituciones que se ocupan de garantizar a los menores una protección adecuada y uniforme en todo el territorio del Estado: el ministerio Fiscal y los defensores del pueblo. En su actividad de supervisión, los ombusdsman cuentan con una formidable herramienta para asegurar que las administraciones públicas cumplen el mandato del artículo 39 de la Constitución en la protección de los menores de edad. El objeto de este trabajo es analizar las fortalezas y debilidades de nuestro sistema de protección a la luz de los informes de los defensores del pueblo en España, que no solo dan cuenta de su actividad a los Diferentes órganos legislativos que los comisionan, sino que hacen partícipe a toda la sociedad de la calidad del compromiso de velar por los derechos de los niños que viven situaciones de riesgo o desamparo.
Abreviaturas
INTRODUCCIÓN
1. La protección de menores: una «zona de fricción» entre el Derecho de familia y el Derecho administrativo?
2. Delimitación del objeto de estudio y precisiones metodológicas
CAPÍTULO I. ÁMBITO NORMATIVO
1. Orígenes y evolución de la intervención administrativa respecto de las personas menores de edad
2. Evolución del régimen jurídico sobre protección de la infancia y la adolescencia
3. Configuración actual de las instituciones del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia
CAPÍTULO II, PRINCIPIOS RECTORES DE LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA RESPECTO DE LOS MENORES DE EDAD
1. El interés superior del menor
2. La escucha del menor
3. La reintegración del menor en su propia familia
CAPÍTULO III. INSTITUCIONES DE SUPERVISIÓN
1. Los defensores del pueblo y el sistema de protección de menores
2. Organización de las Defensorías en la supervisión de los asuntos relativos a las personas menores de edad
CAPÍTULO IV. EL EJERCICIO DE LA TUTELA DE MENORES POR LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS A LA LUZ DE LOS INFORMES DE LOS DEFENSORES DEL PUEBLO
1. El ejercicio de la guarda: medidas de atención inmediata
2. El acogimiento familiar
3. El acogimiento residencial
4. Los centros de protección específicos para menores con problemas de conducta
5. La delegación de guarda con fines de adopción
6. Menores extranjeros no acompañados
CAPÍTULO V. EL SISTEMA DE PROTECCIÓN A LA LUZ DE LOS INFORMES DE LOS DEFENSORES DEL PUEBLO
Consideraciones previas
1. La Entidad Pública
2. Los Equipos técnicos de menores
3. Equipos psicosociales adscritos a los juzgados
4. Los educadores de los centros de menores
5. Los servicios sociales especializados y recursos administrativos de apoyo familiar
6. Coordinación interadministrativa e institucional en el sistema de protección de las personas menores de edad
7. Problemas comunes de los menores en situación de tutela por la Administración
CONCLUSIONES
BIBLIOGRAFÍA
Beatriz González Moreno
Profesora titular en la Universidad de Vigo
Beatriz González Moreno es Licenciada en Derecho por la Universidad de Santiago de Compostela y Doctora en Derecho, con Premio Extraordinario de Doctorado, por la Universidad de Vigo. Es Profesora Titular en el Departamento de Derecho Público de la Facultad de Ciencias Jurídicas y del Trabajo de la Universidad de Vigo, en la que también ocupó cargos de gestión. En la actualidad, es Coordinadora General del Valedor do Pobo de Galicia, tras haberse incorporado en 2010 a la oficina del defensor del pueblo autonómico como responsable de las áreas de educación, menores, cultura y derechos lingüísticos.
Tiene numerosas publicaciones en temas de su especialidad (cuestiones relacionadas con derechos fundamentales y, en particular, sobre derechos de contenido social y cultural en las constituciones democráticas modernas), y se ha ocupado también de cuestiones jurídicas relativas a menores. Ha realizado estancias de investigación en universidades extranjeras y participado en varios proyectos de investigación. Ponente en numerosos congresos, simposios y seminarios, forma parte de asociaciones académicas y de consejos editoriales de revistas científicas y es miembro de la Cátedra UNESCO «Ciudadanía democrática y libertad cultural».