1ª Edición 2012
Ediciones DIDOT
SINOPSIS
En la legítima defensa, el principio de proporcionalidad entre la gravedad del ataque y la reacción del agredido, no despliega toda su eficacia.
La principal aportación de Jacson Zilio a esta materia es referir estas restricciones ético-sociales a los fines preventivos y garantísticos, que son los rasgos más relevantes del derecho penal de un Estado social y democrático de derecho. Zilio no cuestiona en estos casos la necesidad de la defensa, sino simplemente procura destacar que la defensa en estos casos debe ser permitida cuando ésta se corresponde con los fines preventivos y al principio de intervención mínima del derecho penal, es decir, cuando sea una forma adecuada para prevenir el ataque con el menor daño posible para el agresor.
El autor procura concretar las restricciones ético-sociales en un doble sentido: por un lado, minimizando la violencia privada a límites compatibles con los fines preventivos del derecho penal, y, por otro, orientando la solución de los casos en la tutela de los derechos humanos de los que también el agresor es titular y de los que no puede ser privado legítimamente salvo en supuestos excepcionales, que no sólo deben solucionarse de un modo compatible con los requisitos fijados legalmente, sino también conforme a los criterios ético-sociales de una concepción democrática y humana de la convivencia social (Del Prólogo de Muñoz Conde).