Cambio de circunstancias fuera de su zona de confort
No pretendo en este brevísimo prólogo hacer un análisis de la teoría de la base del negocio, o de la excesiva onerosidad, u onerosidad sobrevenida, o mejor llamada desde su rancio abolengo, aplicación de la cláusula rebus sic stantibus.
El gran valor de este libro está precisamente en la esencia de su título. Sus autores sin ponerse de acuerdo, tras recorrer horas de vuelo en sus respectivas investigaciones tuvieron que tomar el itinerario que les conduce al cambio de circunstancias para ofrecer disímiles miradas, precisamente fuera de su zona de confort: el contrato.
Los estudios aquí compilados como el arpa de la rima becqueriana esperando la mano que los toque, cuidadosamente seleccionados y comandados por la profesora PEREIRA PÉREZ reflejan la necesidad de construir los postulados dogmáticos que permitan extender la aplicación de la legendaria clausula rebus sic stantibus, más allá del contrato, pero tomando todo tipo de cautela que impida desnaturalizar su paradigmático nicho.
Traspolarla al testamento, a los actos de autoprotección o incluso aplicarla a un contrato sustentando en la solidaridad, altruismo, devenido en útil herramienta de financiación privada de la vejez o de una situación emergente de discapacidad, como lo es el contrato de alimentos, implica una labor de orfebrería jurídica que requiere pulcritud y destreza jurista a los fines de paliar los efectos adversos que un cambio de circunstancias supone, sin que ello implique construir antojadizamente en sede judicial una voluntad hipotética, alejada de la verdadera voluntad del sujeto, con el consiguiente quebranto de la libertad y de la seguridad jurídica, valores esenciales del Derecho privado.
Cambio de circunstancias fuera de su zona de confort