Responsabilidad civil Estudios italianos
En las reconstrucciones teóricas y prácticas relativas a la fattispecie de la responsabilidad civil, es común encontrar el adagio según el cual el daño aquiliano resulta de la síntesis de los dos predicados del contra ius y del non iure. La consecuencia de esta reconstrucción consiste en la inclusión de la antijuridicidad entre los elementos constitutivos de la responsabilidad civil.
En la dogmática europea, la introducción de la antijuridicidad como elemento de calificación ulterior de los hechos dañosos dolosos y culposos se remonta a Rudolf von Jhering, quien identificaba dicho requisito como la violación de una regla de conducta que se consuma en el caso de lesión culposa del derecho ajeno. En Italia, el tema ha sido pasado por alto en los estudios sobre la responsabilidad civil, a diferencia de cuanto ocurre en el derecho penal, y solo recientemente se le ha dedicado una reflexión específica, investigando a fondo el problema, de manera que se devele la naturaleza traslaticia de ciertas afirmaciones débiles relativas a la necesidad de que el daño aquiliano revista una naturaleza non iure.
También suscita cierto interés la línea de investigación que se interroga sobre la posibilidad de otorgar a la ilicitud una autonomía conceptual. Que atraviese tanto el campo de la autonomía privada como el de la responsabilidad civil. Aun cuando, a pesar de la autoridad de quien la propugna, esta apertura a la generalización del rol de las sanciones en el que derecho privado suscita muchas perplejidades
En el mundo latinoamericano, se debe registrar la elección realizada por el código civil peruano, Que muy convenientemente, no ha incluido la antijuridicidad entre los elementos constitutivos de la responsabilidad civil en las disposiciones fundamentales contenidas en los arts. 1969 y 1970 del código civil peruano
AUTORES
Antonio Albanese
Paolo Gallo
Fabrizio Piraino
Giulio Ponzanelli
Cesare Salvi
Caludio Scognamiglio
EDICIONES OLEJNIK
ANTONIO ALBANESE (Italia)
Profesor ordinario de Derecho Civil en la Facultad de Derecho de la Universidad Católica del Sagrado Corazón de Milán.
Es director del Departamento de Ciencias Jurídicas en la sede de Milán.
Se graduó de Derecho en la Universdad Católica del Sagrado Corazón de Milán. Doctor en Investigación en Derecho Civil.
Autor de diversas obras y ensayos sobre el tema de contratos, obligaciones y responsabilidad civil.
Es redactor jefe de la revista Europa e diritto prívalo.
PAOLO GALLO (Italia)
Profesor ordinario de la Universidad de Türín (Italia).
Se graduó en Derecho en la Facultad de Derecho de la Universidad de Turín, con una tesis sobre el Ton ofnegligence.
Ha sido investigador en la Universidad de Trento. Ha sido Profesor asociado de la Universidad L. Bocconi de Milán y en la Universidad de Parma, así como en la Facultad de Derecho de la Universidad de Alessandria.
A partir del 01 de septiembre de 1997 es profesor de Derecho Civil en la Facultad de Derecho de la Universidad de Turín.
FABRIZIO PIRAINO (Italia)
Profesor ordinario de Derecho Privado de la Universidad de Palermo
Se graduó en Derecho en la Universidad de Palermo, con el máximo de las notas y honores de graduación, bajo la dirección del profesor Lúea Nivarra.
Doctor en investigación en derecho civil italiano y europeo en la Facultad de Derecho de la Universidad de Roma Tres, bajo la guía del profesor Salvatore Mazzamuto.
Titular del encargo de investigación sobre “La tutela en forma específica” en el Departamento de Economía y Análisis Económico de las Instituciones de la Facultad de Derecho de la Universidad de Roma Tres (desde el 2006 al 2008).
GIULIO PONZANELLI (Italia)
Profesor ordinario de Derecho Privado en la Universidad Católica del Sagrado Corazón de Milán.
Se graduó en Derecho en 1976 en la Facultad de Derecho de la Universidad de Pisa. Ganador de la beca de estudio del Consejo Nacional de Investigación de Italia, para estudios en el extranjero, en la Yale LawSchool, bajo la dirección del profesor Guido Calabresi, desde el 01 de febrero al 30 de octubre de 1982.
De noviembre del 2001 a enero de 2008, fue Director de la Escuela de Especialización de las Profesiones Legales de la Universidad de Brescia.
CESARE SALVI (Italia)
Profesor ordinario de derecho civil desde 1979, en la Universidad de Perugia. Actualmente, enseña derecho civil y derecho civil de la globalización en la Universidad de Roma Tres y Teoría general del Derecho en la Link University. Es miembro del Comité Científico de la Foundationfor European Progressive Studies, de la Eurispesy de la Fundación Nenni.
Fue Ministro de Trabajo y de la Previsión Social desde junio de 1999 a junio de 2001 y portavoz nacional de la Federación de Izquierda en 2010.
CLAUDIO SCOGNAMIGLIO (Italia) Profesor ordinario de la Universidad de Roma Tor Vergata.
Se graduó en Derecho, con la más alta nota, el 15 de marzo de 1985 en la Facultad de Derecho de la Universidad de Roma “La Sapienza”.
Entre 1988/1989 y 1989/1990, fue profesor contratado de derecho civil en la Facultad de Ciencias Económico-sociales, provisionales y de seguros de la Universidad de Lecce. Miembro de la dirección de la revista “ Responsabilitáci vi le e Previdenza”, de la revista “// Corriere Giuridico'» y del comité de la dirección de la “Rivista del dirittocommereíale e del diritto generóle delleobbligazioni” y de otras importantes publicaciones.
Presidente de la “Asociación de Civilistas Italianos”.