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Concepto de validez y otros estudios

ISBN: 9789564074160

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Peso 199 g
Fecha de Edición 13/11/2023
Plazo de entrega

24 h

Número de Edición

1

Idioma

Español

Formato

Libro

Páginas

128

Lugar de edición

CHILE

Encuadernación

Rústica

Colección

BIBLIOTECA DE FILOSOFÍA DEL DERECHO OLEJNIK

Editorial

OLEJNIK, EDICIONES JURÍDICAS

EAN

978-956-407-416-0

El concepto de validez y otros estudios

La validez en sentido normativo no cumple ninguna función en la descripción y explicación de la realidad. Su función consiste en reforzar el orden jurídico al proclamar que las obligaciones jurídicas de ese orden no son meras obligaciones jurídicas, respaldadas por sanciones, sino también deberes morales. La noción normativa de validez es el instrumento de una ideología sostenedora de la autoridad del Estado. Cuando es usada por un cuasipositivista este sostén es incondicional. Cuando es usada por un jusnaturalista, está condicionado por alguna armonía con los standards presupuestos del derecho natural.

Si el término “validez” es tomado en el sentido en que es usado por el derecho natural (incluyendo el cuasipositivismo), es decir, para designar una cualidad moral de un sistema jurídico que otorga fuerza obligatoria a las obligaciones del sistema, el mismo no tiene sentido en una ciencia del Derecho fundada en principios empirista

ALF ROSS

 

AUTOR

Alf Ross (Dinamarca, 1899 – 1979)

Fue un filósofo del Derecho, formidable representante del Realismo Jurídico Escandinavo, corriente que postula la representación del Derecho vista desde un punto de vista realista y sociológica. Perteneció a la escuela empirista-emotivista de la filosofía del derecho. Visto desde el punto de vista de la clasificación de las Escuelas Iuspositivistas, como un monismo metodológico positivista, proyectado en la Escuela de Upsala.

Planteó que su filosofía del Derecho responde a dos influencias (Hans Kelsen y Axel Hagerstróm), tal como él lo admite: Sobre Hans Kelsen: «Que me inició en la filosofía del Derecho, y me enseñó la importancia del pensamiento coherente». Sobre Axel Hagerstróm: «Que me hizo ver la vacuidad de las especulaciones metafísicas en el campo del Derecho y de la Moral».

 

EDICIONES OLEJNIK

Alf Ross (Dinamarca)

(Copenhague, 10 de junio de 1899 – 17 de agosto de 1979)

Fue un filósofo del Derecho, formidable representante del Realismo Jurídico Escandinavo, corriente que postula la representación del Derecho vista desde un punto de vista realista y sociológica. Perteneció a la escuela empirista-emotivista de la filosofía del derecho. Visto desde el punto de vista de la clasificación de las Escuelas Iuspositivistas, como un monismo metodológico positivista, proyectado en la Escuela de Upsala.

Planteó que su filosofía del Derecho responde a dos influencias (Hans Kelsen y Axel Hagerstróm), tal como él lo admite: Sobre Hans Kelsen: «Que me inició en la filosofía del Derecho, y me enseñó la importancia del pensamiento coherente». Sobre Axel Hagerstróm: «Que me hizo ver la vacuidad de las especulaciones metafísicas en el campo del Derecho y de la Moral».

Desarrolló la idea de la Democracia analizando los usos cotidianos de la misma; encontrándolo en tres sentidos: uno político (para referirse a una determinada forma de gobierno), uno económico (aludiendo a las decisiones gubernamentales, específicamente de carácter socialista); y, por último, en sentido más ampliamente humano (refiriéndose a la actitud o forma de vida de no imponer un punto de vista). Ross se ocupa de la primera acepción; considerando que la tercera es perfectamente plausible, pero la segunda (aunque Ross fue socialista) no le gusta decir «democracia» para referirse a un orden económico.