Una relectura de la responsabilidad vicaria Entre la responsabilidad por hecho propio y la responsabilidad por hecho ajeno
Como acertadamente señala Gastón Fernández Cruz, el desarrollo de la producción industrial moderna ha determinado un progresivo replanteamiento del supuesto de hecho de la responsabilidad vicaria, cuyo fundamento no es más encontrado en la culpa del titular de la empresa . El empresario, en la medida que ejercita una actividad de empresa, activando el sistema económico y empleando recursos de diversa naturaleza con la finalidad de obtener un provecho, debe ser puesto en la mejor condición para efectuar un correcto análisis de costos y beneficios. A estos fines, es fundamental entonces que no se verifiquen externalidades negativas o costos externos, de modo tal que evite que una parte de los costes derivados de la actividad productiva no venga internalizada, por lo que, en esta perspectiva, es fundamental, entonces, que el empresario internalice de modo integral los costos resultantes de la actividad productiva, con la consecuencia de evitar que una parte de los mismos venga soportada por sujetos externos. Como acertadamente explica Gastón Fernández Cruz, existen, por tanto, razones bastante precisas de de carácter económico que justifican la responsabilidad vicaria.