Todo escritor siente el deseo de poner de manifiesto la continuidad del propio pensamiento.
Así, para mí, resulta grato tomar como punto de partida un relieve histórico o, por decir mejor, de historia de la ciencia, que he tenido ocasión de formular hace ya algunos años.
La observación, que responde a una finalidad de apreciación de las más vivas entre las corrientes modernas de teoría del derecho, fue enunciada por mí (y la confirmo y la renuevo ahora) en los siguientes términos: las dos doctrinas que han ejercido una eficacia más benéfica en el estudio científico de la jurisprudencia en este último decenio, son, de un lado, la doctrina normativa, que arranca de KELSEN y de la escuela que procede de él; y, de otro lado, el conjunto de las investigaciones, sobre todo italianas (aunque sean evidentes sus derivaciones de una conocida concepción sociológica francesa: la de la institución), que tienen como centro el concepto del ordenamiento jurídico, y hacen resaltar en particular la pluralidad de los ordenamientos jurídicos.
Estas investigaciones parten de la obra venerada de SANTI ROMANO, al cual y a su es cuela, corresponde por tanto el mérito de los resultados alcanzados en el curso de este orden de investigaciones