Aspectos constitucionales de la vacunación a la luz de la pandemia de COVID-19
El formidable impacto en los sistemas de salud, en la economía y en la sociedad de la pandemia de COVID-l 9 ha tenido, también, una importante dimensión constitucional, ya que ha puesto a prueba al Estado social y democrático de Derecho y al Estado autonómico. Asimismo, ha llevado al primer plano el derecho a la protección de la salud, como un derecho autónomo, que, sin perjuicio de su estrecha vinculación con los derechos fundamentales a la vida, a la integridad personal o la intimidad, deba ver reconocido en la norma constitucional un contenido mínimo propio e inderogable.
En ese contexto, la vacunación ha adquirido, igualmente, un nuevo significado. Así, aun cuando la administración de las vacunas contra la COVID-19 ha alcanzado un altísimo porcentaje sin necesidad de que se impusiera su obligatoriedad, la carencia de una regulación completa y clara al respecto exige preguntarse sobre los supuestos, requisitos y condiciones que habrían de concurrir para establecerla con ese carácter si fuera imprescindible. Una reflexión que ha de hacerse a la luz de la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y atendiendo a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre la legislación de excepción, la reserva de ley orgánica y la distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas.