¿Sigue teniendo todavía sentido pensar en el derecho de resistencia en las sociedades abiertas y en el marco del Estado democrático de derecho? Como se trata de demostrar a lo largo de este ensayo, vale la pena plantearse esta cuestión con seriedad. Pues, como afirma Ermanno Vitale, «por más consolidadas que estén las instituciones de garantía, siempre queda la posibilidad de la confusión y del sometimiento del controlador al controlado», o también «de que otros poderes sociales se hagan tan fuertes que sean ‘constitucionalmente inmunes’, sustrayéndose en la práctica a cualquier forma de control eficaz y sobrepasando impunemente los límites que les imponen las normas fundamentales».
Lo que el autor entiende por «resistencia constitucional», que parte de tomar en serio la ley fundamental que la colectividad política se ha dado a sí misma —el «juramento pactado entre hombres libres»—, abre una amplia reflexión acerca de la licitud o incluso el deber de resistir a los diversos tipos de poder presentes en la vida colectiva: político, ideológico y económico.
Cuatro grandes preguntas estructuran el desarrollo de esta indagación. En primer lugar, la aclaración de qué significa políticamente «resistencia» y en qué aspectos coincide y en cuáles difiere de otras acciones de cambio. En segundo lugar, hay que preguntarse por los argumentos que justifican el derecho o el deber de resistir, esto es, por la dimensión jurídica y moral de la resistencia. En tercer lugar, es preciso interrogarse frente a qué tipos de poder es lícito u oportuno oponer resistencia. La cuarta pregunta se refiere a cómo se puede o se debe resistir, lo cual exige profundizar en los métodos y las modalidades de la resistencia. El ensayo se cierra con una quinta pregunta, tal vez la más difícil hoy, a propósito de quién resiste, de los sujetos políticos decididos y capaces de pensar y ejercitar formas inteligentes de resistencia.