Derecho y Literatura
1ª Edición, Mayo 2006
Editorial COMARES
A primera vista, Derecho y Literatura parecen oponerse como agua y aceite.
Entiende el común de las gentes que el Derecho consiste, a fin de cuentas, en la positivación de normas de obligado cumplimiento en una comunidad política, sea nacional o transnacional, normas cuya infracción comporta un castigo. El Derecho pretende defender bienes, sin duda, como la vida, la integridad física, la intimidad, el buen nombre o la propiedad, y para ello se plasma habitualmente en normas escritas, tipifica las posibles infracciones y señala las sanciones correspondientes. Es el mundo de la presunta seguridad y el de la coacción. Nace de un cuerpo legislativo que parece ajeno al mundo vital, a ese mundo que se teje con las biografías y con las historias de los pueblos.
La Literatura, por su parte, es, o así lo entienden las gentes, el universo de la creación libre y sin cortapisas, la tierra de Fantasía, de la que habló Michael Ende en La historia interminable, el terreno poético en que importa ante todo sintonizar con los lectores para llevarles, más allá de sus vidas, a relatos de vidas ajenas con los que comprenden mejor la suya. El continente de esa peculiar racionalidad que no se plasma en silogismos, ni siquiera en razonamientos inductivos, sino en el argumento vivo de una narración.
Derecho y literatura parecen, pues, oponerse como agua y aceite. Pero, como siempre ocurre en las cosas humanas, estas escisiones esquemáticas son falsas. El hombre ?decía con buen acuerdo La Ética a Nicómaco- es inteligencia deseosa o deseo inteligente. Y podríamos añadir por nuestra cuenta y riesgo: es razón sentiente y sentimiento razonable, ley y narración, norma y relato o leyenda, todo desde la unidad profunda que le constituye.
Y es que en el principio era la acción, como señalaba el Fausto. En el comienzo era la vida que ocurre y sólo reflexionando sobre ella es posible apresar en redes sus normas y codificarlas. Pero también en el comienzo era la palabra, que interpreta las acciones, trata de comprenderlas y bucear en ellas para captar esas regularidades que permiten orientar el futuro para que sea lo más posible como debe ser.
En este inteligente intento de superar escisiones y recuperar la unidad profunda de lo humano en su modulación en relato y ley jurídica, se sitúa el presente libro. Como su autor indica, pretende responder a la pregunta «¿es realmente importante para el estudio del Derecho su confrontación con el espacio literario?». ¿Es importante para la teoría y sobre todo para la práctica jurídica saber que están inmersas en narraciones, que necesitan llevar a cabo una tarea hermenéutica, que elegir el criterio interpretativo y ejercer la interpretación creativamente son acciones de primera necesidad?
Abordar estas cuestiones es el apasionante desafío que el autor enfrenta en estas páginas. Para responder a ellas nos sitúa en un primer momento en la discusión actual sobre las relaciones entre Derecho y Literatura, dejando constancia del abanico de posibilidades que se abren en nuestros días para los estudiosos del tema. Conocer el debate presente es, obviamente, de la mayor utilidad para saber a qué atenerse, porque a lo largo de la historia se ha hablado mucho de las relaciones entre Ética y Literatura o entre Ciencia y Literatura, pero mucho menos sobre los vínculos de la Literatura con el Derecho. El texto, tras dar una información cumplida y fecunda, opta por una de las posibilidades, por analizar detenidamente la situación del Derecho en cinco obras literarias que son clásicos indudables.
En este análisis, con el aire fresco que la literatura aporta, vamos descubriendo cómo la ley puede y debe elaborarse dialógicamente (el relato de la Alianza), cómo la desobediencia civil es creadora (Antígona), cómo la elección del criterio interpretativo es la clave del juicio (El mercader de Venecia), cómo el Derecho nunca es axiológicamente neutral (El Proceso), cómo ?por último? el Derecho es extremadamente débil en manos del poder (Rebelión en la Granja).
A lo largo de todos estos relatos vamos detectando que los valores impregnan el proceso de elaboración de las leyes, frente a cualquier pretensión de Wertfreiheit, de neutralidad axiológica, que la aplicación, como dice la buena hermenéutica, es el momento de la interpretación y la comprensión. Y que en todo ello juega un papel indispensable la retórica, la buena retórica, que es el arte de sintonizar, no de manipular.
El Derecho es sin duda una de las fuentes de integración social y tiene, por lo tanto, una ineliminable función comunicativa, generadora a la vez de formas de vida que se tienen por morales. Una tarea tan preciosa no puede desarrollarse sin tener en cuenta a los afectados por él, pero para eso hace falta saber interpretar, saber comunicar, saber dialogar en serio.
Para llevar adelante esta tarea es preciso conocer a fondo la naturaleza y funciones del Derecho, pero también contar con la sensibilidad indispensable para captar su textura en la expresión literaria que permite calibrar lo jurídico en los relatos. Con ambos bagajes cuenta, y cumplidamente, el autor de este libro, Pedro Talavera, excelente iusfilósofo y buen conocedor de la literatura clásica. Por eso la lectura de este libro es sumamente aconsejable. Por eso y porque está escrito de modo que se puede disfrutar con él, cosa que no es pequeña ganancia.