Colaborador con la Justicia Aspectos Sustantivos Procesales y Penitenciarios Derivados de la Conducta del Arrepentido
A diferencia de la «entrega vigilada» o del «agente encubierto», de naturaleza procesal, el «colaborador con la Justicia» es una figura regulada en la legislación sustantiva, como ocurre –por ejemplo– con los artículos 376 y 579.3 del Código penal español, aún cuando la finalidad de las tres instituciones sea la misma. Con la previsión de un mejor tratamiento punitivo al delincuente arrepentido, se trataría de incluir, junto al castigo como consecuencia legítima de la comisión de la
conducta constitutiva de delito, la del premio por la contra-conducta
consistente en la colaboración con la Justicia.
CAPÍTULO PRIMERO. DERECHO PENAL Y DERECHO PREMIAL.
I. Determinaciones previas. Problemática relativa a los medios de investigación en el marco de la Criminalidad Organizada
II. La exención o atenuación de la pena por actos posteriores a la comisión del delito como instrumento en la lucha contra la criminalidad organizada
III. Sistema penal y Derecho premial
1. Legitimidad del Derecho penal premial
2. Necesidad del Derecho penal premial
IV. El premio en la codificación penal española
1. Breve referencia al “arrepentimiento activo material”
2. El “arrepentimiento activo procesal”
CAPÍTULO SEGUNDO. EL “COLABORADOR CON LA JUSTICIA”
EN EL DERECHO PENAL ESPAÑOL
I. El “Colaborador con la Justicia” en los Estados de nuestro entorno
1. El “Colaborador con la Justicia” en los ordenamientos jurídicos de los Estados de nuestro entorno. Especial referencia al “Colaboratore della Giustizia” en Italia
2. Propuestas de armonización legislativa en el marco de la Unión Europea
II. El arrepentimiento activo en la parte general. Las circunstancias atenuantes 4ª, 5ª y 6ª del artículo 21 del Código penal
III. “El arrepentimiento activo en la parte especial del Código penal español”
1. Breve referencia al arrepentimiento activo en las figuras delictivas específicas de la parte especial del derecho penal de ejecución individual
2. El “Colaborador con la Justicia” en el marco de la delincuencia organizada. Génesis de los artículos 376 y 579.3 del Código penal español, en materia de narcotráfico y de terrorismo, respectivamente
IV. Requisitos de los artículos 376 y 379.3 del Código penal español en materia de tráfico de drogas y terrorismo, respectivamente
1. “El abandono voluntario de las actividades delictivas”
2. La “presentación ante las autoridades confesando los hechos en que hubiera participado»
3. La “colaboración activa con las autoridades”
V. Elementos diferenciadores que introduce la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código penal, respecto al tratamiento al “narcotraficante arrepentido” y al “terrorista arrepentido
VI. Relaciones entre el arrepentimiento activo de los artículos 376 y 579.3 del Código penal y las circunstancias atenuantes genéricas de los números 4, 5 y 6 del artículo 21 del Código penal. Especial referencia
a la práctica jurisprudencial respecto a la colaboración tras la detención en materia relativa al tráfico de drogas, estupefacientes y sustancia psicotrópicas
1. Relaciones entre la confesión del artículo 21.4 del código penal y las cláusulas de los artículos 376 y 579.3 del código penal
2. Relaciones entre la reparación del daño del artículo 21.5 del Código penal y las cláusulas de los artículos 376 y 579.3 del Código penal
3. La atenuante analógica del artículo 21.6 del Código penal y las cláusulas de los artículos 376 y 579.3 del Código penal. Especial referencia a la práctica jurisprudencial respecto a la colaboración
tras la detención en materia relativa al tráfico de drogas, estupefacientes y sustancia psicotrópicas
CAPÍTULO TERCERO. ASPECTOS PROCESALES Y PENITENCIARIOS
DEL “COLABORADOR CON LA JUSTICIA”.
I. Aspectos procesales
1. La discrecional atenuación de la pena por el tribunal de instancia
2. El momento de la colaboración con la Justicia y el de la determinación de la pena atenuada
3. Valor de las declaraciones de los coimputados
4. Protección del imputado testigo en el Ordenamiento Jurídico español
II. Aspectos penitenciarios. La Ley Orgánica 7/2003 de 30 de junio, de medidas de reforma para el cumplimiento íntegro y efectivo de las penas
EPÍLOGO: CONCLUSIONES Y TOMA DE POSTURA
APÉNDICE: REFERENCIAS JURISPRUDENCIALES
BIBLIOGRAFÍA CITADA