La obra de Doig Díaz analiza detalladamente la regulación que de la terminación anticipada por satisfacción o carencia sobrevenida de objeto realiza la Ley de Enjuiciamiento Civil. Se trata de un estudio dirigido fundamentalmente a jueces, secretarios judiciales, abogados y procuradores, aunque también a cualesquiera otros profesionales del Derecho por cuanto la perspectiva práctica que se adopta aparece avalada en todo momento por serios razonamientos doctrinales.
Se pretende con este estudio dar respuesta a los siguientes interrogantes: qué utilidad práctica entraña la continuación de un proceso sobre el que las partes han perdido su legítimo interés, qué sentido tiene invertir dinero, tiempo y actividad procesal en un asunto que carece de la pretendida tutela jurisdiccional.
La terminación anticipada prevista en el art. 22 LEC solventa estas preguntas desde la óptica de la economía procesal y establece el mecanismo adecuado para evitar un proceso superfluo, antieconómico para el Estado y que sea fuente de gastos innecesarios para las partes y para el Juez.