1ª Edición, 2008
Editorial Atelier
SINOPSIS
Una de las vertientes fundamentales del funcionamiento de la Corte es la que se refiere a la cooperación de los Estados con esta institución. Es un elemento esencial para la eficacia del proceso penal internacional. Existe de este modo un continuo juego de equilibrios entre la institución internacional creada en Roma y la mayor o menor flexibilización del poder de los Estados. La estructura normativa internacional exige, a su vez, que los Estados prevean en su ordenamiento vías de cooperación procesal con la Corte y a esta exigencia respondió la promulgación de la Ley Orgánica 18/2003, de 10 de diciembre, aunque en ella no se aprovecharon todas las posibilidades para configurar una relación lo más fluida posible con la Corte –dentro de los márgenes del respeto a los derechos fundamentales y a la seguridad jurídica-. Son muchos los concretos aspectos problemáticos que ofrece este complejo objeto de estudio. Como imprescindible paso previo es necesario determinar la peculiar posición de la Corte respecto a los Estados, para luego ir desmenuzando cómo se produce la interacción entre ambos planos: interno e internacional, sobre todo en la fase de investigación del proceso penal internacional a través de la detención y entrega de personas o de la cooperación en la práctica de medidas concretas de investigación, pero también en la fase del juicio y en la de ejecución de las sentencias condenatorias