Nuevo Matrimonio Civil Estudio de las Leyes 13/2005, de 1/07/05 y 15/2005, 8/07/05.
Nunca una reforma del Código Civil ha suscitado tanto interés social con la que establece la posibilidad de contraer matrimonio personas
del mismo sexo, jamás una parte de la sociedad ha salido a la calle para defender una posición contraria a tal tipo de matrimonio, circunstancia
que demuestra la interferencia de las creencias religiosas en las normas jurídicas.
Veinticuatro años después de las dos reformas del Código Civil del año 1981, que supusieron un cambio radical del derecho de familiar,
la entrada en vigor de las dos leyes 13 y 15/ 2005 determina otra modificación sustancial en la regulación hasta ahora existen en materia
de derecho a contraer matrimonio y en la separación y el divorcio. Los cambios que se introducen afectan de manera especial a la concepción
tradicional del matrimonio como unión de dos personas de sexos diferentes; ahora la heterosexualidad deja de ser un elemento determinante del
matrimonio en la medida en que se admite la posibilidad de que personas del mismo sexo —hombres y mujeres— celebren matrimonio entre sí.
Se comprende fácilmente que este cambio haya originado un agrio debate en el que se cuestiona sobre todo la oportunidad, exactitud,
rigor o conveniencia de designar con el término matrimonio las uniones estables de personas del misma sexo; debate al que no son ajenas
motivaciones de índole social y religiosa, perfectamente comprensibles.
Lo cierto es que el legislador español al extender el ámbito de la regulación del matrimonio a aquel tipo de relaciones se sitúa entre el reducido grupo de le-
AUTOR: Eduardo Serrano Alonso
EDITORIAL: EDISOFER
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