Convenios de doble imposición
(Incidencia del Derecho Comunitario)
El sometimiento de una determinada manifestación de riqueza a más de una soberanía tributaria estatal constituye uno de los principales problemas que perjudican la movilidad de los factores productivos, distorsionando las relaciones comerciales que pueden establecerse entre operadores económicos que se encuentran situados en países diversos.
Conscientes del carácter negativo que esta circunstancia puede representar para el desarrollo de sus relaciones económicas, e incluso políticas, con otros Estados, las autoridades nacionales han procedido a la fijación de ciertas reglas que tienen por finalidad establecer un reparto de la potestad impositiva correspondiente a una concreta manifestación de riqueza entre las soberanías tributarias concurrentes, determinando el sometimiento a gravamen en un único Estado o, en caso de que ninguna de las soberanías tributarias concurrentes renuncie a su consideración, articulando las medidas que permitan eliminar o atenuar el doble gravamen que se generaría.
Índice
Agradecimientos
Siglas y abreviaturas
Prólogo objeto y justificación
Capítulo I. La relación entre Derecho internacional y Derecho comunitario
Capítulo II. La relación entre los convenios para evitar la doble imposición internacional y el Derecho comunitario: el TJCE y la armonización negativa
Capítulo III. La relación entre los convenios para evitar la doble imposición internacional y el Derecho comunitario. La actuación positiva
Normativa
Jurisprudencia
Bibliografía
Índice de autores
Analítico
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