En 1945, la Carta de las Naciones Unidas prohibía el uso de la fuerza y permitía en su artículo 51, como excepción, la legítima defensa. Desde entonces, la naturaleza cambiante de los conflictos internacionales, el nacimiento de nuevas amenazas y, en los últimos años, el terrorismo internacional, han hecho tambalear algunos de sus cimientos.
Los Estados se han visto tentados a recurrir a la fi gura de manera preventiva, ante actos no constitutivos de ataque armado en sentido estricto e, incluso, ante ataques de origen no estatal.
En esta obra se pretende abordar cómo se confi gura la legítima defensa en vigor, pero también determinar si ha llegado el momento de ampliar sus límites. Con ese objetivo se refl exiona sobre los temas apuntados y, asimismo, sobre la respuesta colectiva en legítima defensa, la evolución de sus requisitos o cómo afrontar la aparición de nuevas formas de ataque armado que se relacionan directamente con el avance tecnológico. Y, todo ello, con un objetivo defi nido: trazar el contorno real del derecho de legítima defensa en el Derecho Internacional Contemporáneo.