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Iusnaturalismo Egoísta de Thomas Hobbes

ISBN: 9788491232568

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Fecha de edición 31/05/2017
Idioma

Formato

Encuadernación

1ª edición, Mayo 2017
Marcial Pons Ediciones Jurídicas

SINOPSIS

El iusnaturalismo egoísta de Thomas Hobbes es una interpretación general de la teoría jurídica de Hobbes, y muestra la dependencia de dicha teoría respecto de la filosofía moral y epistemológica del filósofo inglés. Hobbes es un iusnaturalista, en cuanto cree que el cumplimiento de un nivel mínimo de moralidad es condición necesaria de juridicidad de una norma jurídica. Dicho nivel mínimo de moralidad corresponde a la satisfacción de los intereses más básicos del sujeto individual y ello, junto a ciertas premisas de carácter antropológico -como el carácter constitutivo del mundo por parte del lenguaje y el egoísmo sicológico- llevarán a Hobbes a concluir que la existencia y el contenido de los ordenamientos jurídicos es relativa a los sujetos individuales. De igual modo, toda obligación jurídica será un caso de obligación moral.

Se explica, en conexión con el tema anterior, el carácter normativo de la teoría jurídica hobbesiana, en cuanto el filósofo de Malmesbury la desarrolla teniendo en vista lo que cree ser el bien para el hombre, y se muestra que Hobbes anticipa discusiones y doctrinas propias de autores contemporáneos como Hart, Raz o Finnis, y puede, de esta manera, ser un importante referente en la discusión actual en filosofía del derecho.

ÍNDICE

ABREVIATURAS

CAPÍTULO I. INTRODUCCIÓN

CAPÍTULO II. HART, RAZ, FINNIS Y WALDRON SOBRE EL CONCEPTO DE DERECHO

CAPÍTULO III. LOS PRESUPUESTOS GNOSEOLÓGICOS DE LA TEORÍA JURÍDICA DE THOMAS HOBBES

CAPÍTULO IV. LEY NATURAL Y RAZÓN PRÁCTICA

CAPÍTULO V. SOBERANO, SOBERANÍA Y AUTORIDAD

CAPÍTULO VI. EL DERECHO

CAPÍTULO VII. LA OBLIGACIÓN JURÍDICA

CAPÍTULO VIII. EL CARÁCTER RELATIVO A CADA INDIVIDUO DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO

CAPÍTULO IX. LEYES DE LA NATURALEZA E IMPERIO DEL DERECHO

CAPÍTULO X. CONCLUSIÓN

BIBLIOGRAFÍA