Acaba de aparecer una nueva edición, la séptima, de los Comentarios a la Ley de la Jurisdicción contencioso-administrativa, de Jesús González Pérez.
El texto primitivo ha sido objeto de una revisión tan meticulosa que, realmente estamos, ante un libro nuevo. Los Comentarios eran críticos, excesivamente críticos con la Ley comentada. Como excesivos habían sido los elogios a la incidencia de la Constitución de 1.978 en la Justicia administrativa y excesivos los defectos que muchos veían en la Ley de 1.996.
La confrontación al comentar cada artículo de la Ley con el correlativo de la anterior y la referencia a la jurisprudencia interpretativa de una y otra venía obligada por el carácter práctico de la obra, ya que durante el largo período de transitoriedad, impuesto por la lentitud de la Justicia, íbamos a tener que aplicar ambas. En las ediciones sucesivas, se fueron eliminando las referencias a la Ley anterior y la crítica fue reducida a sus justos límites.
La referencia a la jurisprudencia ha sido objeto de importantes modificaciones en cada edición. Por un lado, se ha eliminado toda la que iba perdiendo vigencia. Y la referencia a las que se iban dictando cada vez era más selectiva, reduciendo la transcripción de los textos, salvo las más significativas a título de ejemplo y las más recientes en los puntos indispensables para llegar al sentido de la norma.
Si al preparar la sexta edición habían sido muchas las modificaciones introducidas en la Ley, al continuar y hasta aumentar las innovaciones, algunas tan importantes como las impuestas por la Ley 37/2011 de 10 de octubre, la preparación de esta ha exigido un mayor esfuerzo para evitar omisiones y poder ofrecer unos comentarios que sean realmente los del Ordenamiento vigente regulador del proceso administrativo, en los que el lector encuentre respuesta a todas las cuestiones que cada artículo plantea, las opiniones de la doctrina más cualificada y de jurisprudencial al día que permita llegar a su sentido y alcance.